Padres y Madres Separados

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UN PADRE PROMUEVE DEMANDA POR TENENCIA (Custodia, Tuición) DE HIJA MENOR DE EDAD

(Nos animamos mutuamente a luchar.)
Gracias a todas las cosas que he leido en esta página me dieron fuerzas para seguir adelante y pelear por la tenencia de Ariana y espero que despues de esta demanda (a continuacion redactada) me den la tenencia ya que son muchos puntos a mi favor.

Publicado el

Señor Juez:

LUCAS S. C, por mi propio derecho, con domicilio real en calle J. H y con el patrocinio letrado de la Dra. LAURA A. ABAL DE CALDENTEY, abogada, Tomo II, Folio 69 del C.A.P., Responsable Monotributo, CUIT 23-20.821.087-4, Legajo Previsional 53.144/5, constituyendo domicilio procesal en Castelli 798 de Pergamino, a V.S. se presenta y dice:

I.- OBJETO:

Que vengo a iniciar formal demandad en reclamo de que se me otorgue la TENENCIA de mi hija menor ARIANA C., contra su madre VERONICA A. P, domiciliada realmente en E. de Pergamino.

II.- HECHOS:

A efectos de fundar mi petición he de remitirme a la tramitación de los autos "C L C/ P V S/ REGIMEN DE VISITAS", Expte. nº 23.933 que tramita ante el Juzgado Civil y Comercial nº 3 Departamental, que desde ya ofrezco como prueba.

Tal como surge de las constancias del expediente citado, ya desde el nacimiento mismo de mi hija Ariana, la relación con su madre ha resultado conflictiva.

Algunos hechos puntuales son: a pesar de haber asumido la paternidad de Ariana desde el momento mismo del conocimiento de su concepción, en el curso de un corto noviazgo que me unía con la actual demandada, haciéndome cargo de acompañarla en su internación en el Hospital Garraham apenas nacida, pues debió ser intervenida quirúrgicamente para atender una cardiopatía congénita, al momento de la inscripción de la menor, la madre no me dió debida intervención y la inscribió como si yo no fuera el padre, por lo que debí una vez tomado conocimiento de ello hacer un reconocimiento y acta modificatoria en el Registro Civil.

Esto encontró su aparente motivo en que nuestra relación como pareja se había interrumpido, situación que la actora entendió era suficiente para borrarme la calidad de padre de su hija.

Ya desde bebé, Ariana se vió imposibilitada de tener una relación fluida conmigo y con su familia paterna, mis padres y hermanos, por las permanentes agresiones que todos recibíamos cuando nos presentábamos a visitarla.

Y fueron contadas las ocasiones en que la demandada me permitió retirar a Ariana para llevarla a mi casa, aduciendo toda clase de excusas sin fundamento.

Ello motivó el inicio de la acción de visitas citada al principio de éste acápite, la que luego de casi dos años de tramitación obtuvo sentencia por la cual se ordenaba un régimen de visitas de tres días semanales, con retiro para pernoctación incluído.

Esto fundado en pericias socioambientales y psicológicas realizadas sobre mi persona, la evaluación de las necesidades de la menor y la negativa de la madre a prestarse para las pericias exigidas por S.S.

Notificada y firme la sentencia dictada, se intentó en reiteradas oportunidades el cumplimiento de la misma, incluso con la participación de la Sra. Jefa de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones Departamental, Dra. Fernanda Castellano. En dichas ocasiones, la demandada se opuso tenazmente al cumplimiento de la orden judicial, con actitudes sumamente nerviosas, gritos e insultos en mi contra, y en presencia de la menor.

Esta imposibilidad de alcanzar mi objetivo de sostener una relación fluida con mi hija de acuerdo a los parámetros legales y a la protección de los mismos que el derecho me acuerda motivó mi denuncia penal que tramitó en la UFI 7 a cargo de la Sra. Fiscal Adjunta Dra. Karina Y. Póllice, bajo el número de IPP 22.545.

Dicha causa penal tiene requerimiento de elevación a juicio en fecha 16 de Enero de 2.003, encontrándose al momento de la presentación de ésta para resolver en el Juzgado de Garantías.

Tal como he manifestado hasta ahora, y obrado en consecuencia de acuerdo a los hechos relatados, mi intención siempre fue la de que Ariana conviviera con su madre, situación que considero es la natural, y la alimentación del vínculo paterno, con visitas fluidas y retiros de la menor para compartir la intimidad de su familia parental.