Padres y Madres Separados

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Listado de Profesionales concertados

El


Todos ellos están de acuerdo con nuestros planteamientos y singularmente con la CUSTODIA COMPARTIDA

Publicado el 10/11/2012

ABOGADOS:

Los PROFESIONALES concertados se obligan a la gratuidad de la primera consulta y a una rebaja del 20 % en sus honorarios para los socios de la Asociación Gallega de Padres y Madres Separados.

A CORUÑA

Ignacio Bermúdez de Castro
asesor jurídico de la Asociación y Mediador Familiar
Tf: 981-209794 A Coruña

Ricardo García Míguez.
Especialista en conflictos de pareja.
Nóvoa Santos, 27- 8º Dcha. A Coruña.
Teléfono: 981 138 577. A Coruña
http://www.garciamiguez.com

 

 Carolina García-Míguez y Calvelo.

Especialista en conflictos de pareja.

Nóvoa Santos, 27- 8º Dcha. A Coruña.

Teléfono: 981 138 577.

http://www.garciamiguez.com

 


Despacho de ROSA ABELLA AGUIAR

Abogada y Mediadora Familiar
Avd. de Arteixo nº 110, 3º C
15007 A Coruña
Tel/Fax:981/153038
Móvil:616744153

Iván Núñez Amor

Abogados

C/ Real 29 4º B

15003 A Coruña

Tlf. 679166216

ivanamor@avogacia.org

ivanamor@avogacia.org

 

 Manuel Quintáns López
C/ Hórreo 13-1º (pza Galicia)
Tf. 981519947 657319908 681579947
Santiago de compostela
mquintans@avogacia.org

ANA Mª MOURE CAAMAÑO
GENERAL PARDIÑAS, 40 - 2ºB. 15701.
SANTIAGO DE COMPOSTELA
981594468 / 649521430
anamoure@icasantiago.org

José Julio Benito García Abogado

 Plaza de la Quintana, núm. 3, 15704

Santiago de Compostela

Telf. y Fax: 881 165 666

Móvil: 628 423 680

 


FERROL

Elvira Miramontes Mas
Inscrita Registro Mediadores Familiares de Galicia Nº FM-0325-02-06
C/ Dolores, 25, 1º y 2º. Ferrol
Móvil: 629.067.089
elvmiramontes@terra.es

Ana Montenegro López
C/ Dolores, 25, 1º y 2º. Ferrol
Móvil: 626.944.600
amontenegro@gmail.com LUG0

 

LUGO>

MARTA IGLESIAS QUINTELA 
ABOGADA  Y MEDIADORA FAMILIAR
Carril das Hortas nº 1 Entlo (fachada San Roque nº 25)-LUGO
626.800.590 y 982.10.18.72
m.iglesias.quintela@hotmail.com

   

Lydia González Sánchez

     C/. Hermanitas, nº 1 - 2º Izda.
     27002 Lugo
     Tfno: 982 252 777
     Móvil: 690 339 505
 

APOLINAR GOMEZ ROCA

BUFETE JURIDICO LUCENSE.   www.abogadoslugo.es

C/ Galicia nº 39-41, entresuelo B, 27002 Lugo

apolinargr@hotmail.es

 


BUFETE QUINDÓS Y SAAVEDRA
Tfno: 982228323 Fax: 982227391
Rúa Progreso, 30-4º-LUGO
www.bufetelugo.es

 

ESTHER AMADO FUENTES
RUA CARRIL DAS HORTAS Nº 1 - ENTLO. 27002 - LUGO
TFNO: 658541558
FAX: 988984150
E-MAIL: 1304@icaourense.com



VIGO

Ángeles Fernández Guisande
Telf:986- 22.60.51.Fax: 986-437595.
Móvil:626628948
c/ Urzáiz núm. 11-3º VIGO
afguisan@telefonica.net

Abogados Asociación ASDIM Avda. Florida, 59 entresuelo oficina 11
36210 Vigo (Pontevedra)


Tlfno.: 696256278; 986- 118345/46/47/48
Fax.: 986-118349


AVE ABOGADOS
C/ Policarpo Sanz, nº 29, 3º-D.
36202- Vigo.
Telf/Fax: 986 430 655.
mail: aveabogados@mundo-r.com

Paulo Pena Arca

Telf.: 986.44.34.52

Fax: 986.44.62.87

paulo@bufetepenafraga.com                                     

www.bufetepenafraga.com

C/ Pontevedra, 6 – 2º A

36201 V I G O


Manuel Quintáns López
C/ Hórreo 13-1º (Plaza de Galicia)
Tf: 657 319 908 / 981 819 947
Santiago mquintans@avogacia.org

PONTEVEDRA

Despacho Foro Lex Abogados
Diana Mª Otero Mascato
Francisco Javier Fuentes Castro
Avda. Juan XXIII nº 42 2º O Grove C.P 36.980
Pontevedra
Tfn. 986 73 12 86 Móvil 690 617 187
www.foro-lex.com www.facebook.com/ForoLex

MADRID

Alejandra de Diego
General Moscardó 1- 2º - Izqda
28020 Madrid
915345186 ; 915972546
alejandra@alejandradediego.com
WWW.alejandradediego.com

OURENSE 

Aurelia González Calvo

 colegiada 1070 I-C.A. Ourense

629375561   988251412

ESTHER AMADO FUENTES
RUA CONCORDIA Nº 9 - 2º - OF. 1. 32003
TFNO: 658541558
FAX: 988984150
E-MAIL: 1304@icaourense.com


AGUSTIN RAPOSO
TEL. 667-618-750
Juan XXIII, 13-1ºDcha. OURENSE
raposoagustin@gmail.com
www.abogadosourense.es

Miguel Rodríguez Gil
mirodgi@hotmail.com
Tf 663 302 310

  BARCELONA

SILVIA CUATRECASAS CUATRECASAS

ABOGADO  DE BARCELONA

N. COLEGIADO 16.085

25 AÑOS DE EXPERIENCIA

Especialista en derecho de Familia, custodia compartida, Violencia domestica.

24 horas disponible para asistencia en guardias de comisaria, juicios rápidos , violencia domestica ( 666404216).

C/ Pau Claris 97 4º , 1ª

08009 BARCELONA  

T. 933043860, 666404216

Fax: 933016904

silvia.cuatrecasas@icab.cat 

 

 

 SEVILLA

Francisco Serrano Castro (Ex magistrado de familia)

C/ González Abréu 16 -1ª

954215666

fserranocastro@hotmail.com 

 

TWITTER - @FSerranoCastro 

 

https://twitter.com/FSerranoCastro

 

FACEBOOK

 

Perfil: Francisco Serrano Castro 

 

https://www.facebook.com/francisco.serranocastro.9

 

 

FanPage https://www.facebook.com/pages/Francisco-Serrano/149091338601030?ref=hl

 

MEDIADORES FAMILIARES

 

 

EDUCADORES

Albatros es un proyecto de intervención educativa en el domicilio ante situaciones de especial dificultad en la educación de los/as hijos/as, como pueden ser:

Incumplimiento reiterado de normas
Agresividad hacia los miembros de la familia
Consumo de drogas
Absentismo escolar
Dificultades para afrontar la frustración...Entre otras

Tf: 610524877.

 



TASADORES JUDICIALES

DESPACHO DE MADRID
CONTACTO: JOAQUIN JESÚS CALVETE CEPA
DIRECCIÓN: C/ PUERTO DE LA CRUZ VERDE, Nº 5 8º-A
C.P.: 28045-MADRID
TFNO. FIJO: 91-468 67 86 TFNO. MÓVIL: 608 103 654
E-MAIL: joaquincalvete@yahoo.es

COMUNICACIÓN EN A CORUÑA
CONTACTO: JOAQUIN JESÚS CALVETE CEPA
DIRECCIÓN: C/ ENRIQUE MARIÑAS, Nº 9 4º-B
C.P.: 15009-A CORUÑA
TFNO. MÓVIL: 608 103 654
E-MAIL: joaquincalvete@yahoo.es



Los terapeutas se obligan a grastuida de la primera consulta y a una rebaja del 20 % en sus honorarios para los socios.

PSICÓLOGOS:

Violeta Miranda Montero
Gabinete SEIVA, Psicóloga Clínica y Mediadora Familiar
tf: 981-224961 A Coruña

Marian Lago Ramos
Gabinete SEIVA
Psicóloga Clínica, terapeuta de pareja y Mediadora Familiar
Tf: 981-224961 A Coruña

Carlos Gayoso Marchante
Psicólogo
Tf: 659 617 620 / 981 599 398 
Terapia individual, de pareja y de Familia 
Santiago de Compostela

 

 Rocío Martínez López
Especialista en Terapia Familiar
Máster en Psicología aplicada a los Tribunales Civil y Penal
Miembro del listado de peritos del Colegio Oficial de Psicología de
Galicia en los ámbitos civil, penal y laboral.
Mediadora Familiar inscrita en el registro de la Xunta de Galicia

Telf.: 674 74 38 58
www.psicologarociomartinez.es
info@psicologarociomartinez.es
Gabinete Psicológico
C/ San Marcos nº 17 2ºA  27001 Lugo


PSICOLUGO
Montero Ríos 31, entreplanta
27002, Lugo
TEL. 982 80 44 42
Psicóloga Maru Martínez Zabal

PABLO ESTEBAN FIGUEIRIDO WOODFORD
C/ DOCTOR CADAVAL 21 ENTRESUELO
36202 VIGO (PONTEVEDRA)
TERAPIA FAMILIAR
MODELO: TERAPIA SISTÉMICA BREVE
TLF. 986433842
CONSULTA PREVIA CITA, LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES

MeY Psicólogas
Terapia Aadultos e infanto - juvenil
Precios especiales para niños
Primera consulta gratuita
C/ Caballeros 7-1º-Izqda. A Coruña
Tlf 981 15 11 11

CEGAPSE. Centro multidisciplinar
Psicolóxica Sexoloxía Xurídico-Social Parella e Familia Vellez At. Psiquiátrica Mediación Familiar Psicomotricidade
Rúa Martínez Padín nº4. Ourense.
www.cegapse.com 988 61 92 70

HERVADA PSICOLOGOS
Especialistas en Estrés y Ansiedad
Teléfono 881 91 57 38
C/ Federico Tapia nº 14. 4º Derecha. 15005 A Coruña
Info@hervadapsicologos.com


TRABAJADORES SOCIALES


31254771-W

Travesía Eiriña nº 1  8º D  Pontevedra capital

 

617873111



PSICOPEDAGOGÍA
Berta Blanco de la Piñera
Psicopedagoga y maestra en Educación Primaria
609907853 - dunnabbp@yahoo.es

 

Castro Diéguez Sonia  Educadora social y Psicopedagoga

AV/ As Camelias nº 101 4º H Vigo

Móvil: 696058301     soniacastroverin@hotmail.es



DETECTIVES PRIVADOS

AMBAR INVESTIGACIONES
detectives
Plaza de América, 2-2 J (Centro Comercial Camelias - Torre 2) 36211 Vigo
teléfono. 886 134 143
móvil. 654 544 457 / 687 292 242
contacto@ambarinvestigaciones.com
www.ambarinvestigaciones.com

PEDIATRÍA

www.tupediatra24horas.com
Este equipo está coordinado por la Doctora Julia Sopeña (número de Colegiado 2861332), licenciada en Medicina por la UAM (Universidad Autónoma de Madrid), especialista en Pediatría con la subespecialidad de Neonatología
 

2 noticias relacionadas

 

Reuniones EN OURENSE

de la Asociación Galega de Pais e Nais Separados: los sábados en el local que cede Cegapse en Rúa Martínez Padín nº 4.

Asistencia Jurídica Gratuita

El

¿Quiénes tienen derecho a ella?. ¿Cómo se consigue?

Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica

El

Artículo 5. Titular del derecho a la información asistencial. 1. El titular del derecho a la información es el paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita.

(Nota: por ejemplo un padre o madre aunque no tenga la "guarda y custodia" pero no haya sido despojado de la Patria Potestad")

Modificación de la Ley de Divorcio: anteproyecto

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Presentado al Parlamento español por el Ministro de Justicia de España, Juan Fernando López Aguilar

(Dos grandes avances: suprimir causas y separación previa. Una decepcionante mención para la Custodia Compartida. Muy ilustrativo es compararla con la nueva Ley francesa en el terreno de la Custodia de los hijos)

Echamos de menos la posibilidad de derivar a Mediación Familiar algunos divorcios contenciosos.

26/11/04 : El consejo de Ministros modifica este anteproyecto. Ver el nuevo en el archivo asociado

UNA SENTENCIA CON FUNDAMENTO

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Un tribunal de apelación argentino se basa en la Convención sobre los Derechos del Niño para dictar sentencia a favor de la custodia compartida, pese a no estar prevista en la legislación.

La sentencia de la Dra. Zulema Wilde, Presidenta de la Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de Buenos Aires, a la que se adhieren la Dra. Brilla de Serrat y el Dr. Zaccheo, magistrados de esa Sala, adopta un enfoque innovador que ha sentado jurisprudencia en la Argentina en materia de custodia (tenencia) compartida. Según esa sentencia, el hecho de que la ley no establezca la custodia compartida no debe interpretarse en el sentido de que la prohíba. En consecuencia, ante ese vacío legal, el tribunal se basa en las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño, que tienen jerarquía constitucional.

La violenta LEY ORGÁNICA DE MEDIDAS

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Preámbulo I La violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado....

La discriminación es una forma de violencia.

La violencia engendra violencia

La injusticia y el abuso engendran violencia

El "regalo de Navidad" 2004 del Gobierno

DEMANDA contra ESPAÑA por la Ley de Violencia de Género

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Ante el TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

PRIMERO.- El 25 de noviembre de 2003, las Cortes Generales del Reino de España aprobaron la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modificó la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Quien DESEE ADHERIRSE DEBE PONERSE EN CONTACTO CON D. Manuel Posada, coordinador de la Asociación Gallega de Padres y Madres Separados pulsando aquí .

Ejecución de Sentencias de Divorcio

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El impago de las pensiones en los procesos matrimoniale
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Consecuencias en vía civil y penal: Cuestiones procesales y sustantivas

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D. Carlos Mariscal de Gante (Fiscal de Familia A Coruña) La Ley 30/1981, de 7 de julio, reformó la legislación sustantiva del matrimonio en cuanto a su constitución y formalización legal..

Aspectos prácticos en ejecución de sentencias

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De: Arturo Todolí Gómez
Fecha: Noviembre 2006
Origen: Noticias Jurídicas

I. Introducción
Este trabajo tiene como objetivo primordial intentar ofrecer cierta claridad en algunos de los supuestos más controvertidos en la aplicación práctica de las disposiciones generales de ejecución forzosa reguladas en la LEC de 7 de enero de 2000 , respecto de los procesos matrimoniales regulados en la propia ley, en el Capítulo IV del Libro IV, arts. 769 al 778.

Delito impago pensiones y fondo Garantía

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EL DELITO DE IMPAGO DE PENSIONES (ART. 227 CP.). SANTIAGO B. BRAGE CENDÁN Profesor de Dereito penal da Facultade de Dereito e do Instituto de Criminoloxía Universidade de Santiago de Compostela 1.- PRECEDENTES. El precedente más lejano del actual delito de impago de pensiones lo encontramos en la Ley de divorcio de 1932, donde en su art. 34 se sancionaba el impago de pensión alimenticia establecida en convenio o resolución judicial durante tres meses consecutivos.

InDret El Fondo de Garantía del Pago de Alimentos Comentario al RD 1618/2007, de 7 diciembre, de organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos Albert Azagra Malo LLM Candidate 09? University of Chicago Law School BARCELONA, OCTUBRE

El derecho a la asistencia jurídica gratuita

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http://www.clubestrella.com

A qué personas les puede ser reconocido el derecho a las asistencia jurídica gratuita y qué tareas y gestiones abarca el reconocimiento del derecho.

Conozca qué trámites deben seguirse para el reconocimiento el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Cuándo y cómo deben actuar los abogados y procuradores designados para la defensa y representación de los beneficiarios del derecho. MÁS INFORMACIÓN

Lei Alienacion Parental na Cámara dos Deputados do Brasil

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Seguindo a tramitación da Lei sobre a Alienacion Parental na Cámara dos Deputados do Brasil podemos comprobar que os informes das duas comisións lexislativas polas que pasa (unha a de Seguridade Social e Familia, e outra a de Constitución e Xustiza e de Cidadania) conteñen argumentación clara e similar e son aprobados, nos dous casos, por unanimidade.

El fracaso de la mediación familiar en España

El

http://www.lexfamily.es/revista.php?codigo=950

Profundas reflexiones de D. José Luís Sariego

Desde la celebración del I Congreso Internacional sobre Mediación celebrado en Barcelona en el año 1999, para impulsar la aprobación de la primera ley española que regula la mediación, (Ley 1/2001, de 15 de marzo, de Mediación Familiar de Catalunya) se creó toda una expectativa sobre esta metodología de trabajo, en la creencia que la mediación era la respuesta a los muchos problemas de la aplicación de la ley del divorcio en España, y a la ingente multitud de conflictos que generaban las separaciones, fueran matrimoniales o no, y los divorcios en nuestro país.

VII Jornadas de Jueces de Familia

El

VII JORNADAS DE JUECES DE FAMILIA, DE INCAPACIDADES Y DE TUTELAS

Barcelona, 1, 2 y 3 de Marzo de 2011

CONCLUSIONES

Atribución vivienda familiar en divorcio con hijos

El

ATRIBUCIÓN DE LA VIVIENDA FAMILIAR A vueltas con la atribución del uso de la vivienda familiar cuando existen hijos comunes

Por Juan Pablo González del Pozo. Magistrado-Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 24, de Familia, de Madrid. http://www.elderecho.com/civil/vueltas-atribucion-vivienda-familiar-comunes_11_184555003.html 06.10.2010 I. La importancia del derecho de uso de la vivienda familiar en el contexto de las medidas complementarias subsiguientes a la ruptura de la pareja Tras el espectacular aumento de los precios de las viviendas en el mercado libre como consecuencia de la ?burbuja? inmobiliaria experimentada por la economía española entre los años 1987 y 2008, resulta una obviedad señalar la extraordinaria importancia que para cualquier matrimonio o pareja estable representa la tenencia de una vivienda en propiedad para destinarla a hogar familiar.

Contencioso contra el Plan de Igualdad

El

Primero.-

El Plan de Igualdad que se recurre está viciado desde el primer momento, ya que cuando se acuerda el 3 de julio de 2009, por el Instituto de la Mujer dar trámite de audiencia de dicho plan a entidades que representen a la ciudadanía, como puede verse y comprobarse, sólo lo notifican a entidades conformadas por asociaciones por mujeres (que vulneran en sus estatutos el art. 14 de la Constitución por cuanto prohíben el acceso de hombres a dichas entidades.

Espléndido trabajo de D. José Luis Sariego Morillo Abogado y Mediador Familiar

El P. P. presenta una P. No de Ley en favor de la Custodia compartida

El

La defenderá en el Pleno del Senado el próximo 21 de Julio de 2010 el senador D. Manuel Altava.
Es el resultado de la iniciativa negociada por la confederación Estatal de Padres y Madres Separados (ConPapáyMamá)con el P.P.

Brasil: Senado aprueba proyecto de ley que penalice a todo aquel que difame a su padre y madre de sus hijos

El

La CCJ ( Comisión de Constitución y Justicia ) del Senado aprobó el miércoles un proyecto de ley que castiga a los padres que intenten deconstruir la imagen de su ex cónyuge para sus hijos - conocido como alienación parental . Por unanimidad , los senadores aprobaron el diseño que caracteriza a la práctica la legislación brasileña

Brasil: Senado aprueba proyecto de ley que penalice a todo aquel que difame a su padre y madre de sus hijos

El

La CCJ ( Comisión de Constitución y Justicia ) del Senado aprobó el miércoles un proyecto de ley que castiga a los padres que intenten deconstruir la imagen de su ex cónyuge para sus hijos - conocido como alienación parental . Por unanimidad , los senadores aprobaron el diseño que caracteriza a la práctica la legislación brasileña

CUSTODIA DE LOS HIJOS EN LA LEY 15/2005

El

APUNTES SOBRE LA REFERENCIA EXPRESA AL EJERCICIO COMPARTIDO DE LA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS HIJOS EN LA LEY 15/2005

María Paz García Rubio Catedrática de Derecho Civil. Universidad de Santiago de Compostela
Marta Otero Crespo Becaria FPI. Universidad de Santiago de Compostela

Querella contra un Presidente de la Audiencia de MAdrid

El

SE QUERELLAN CONTRA EL PRESIDENTE DE LA SECCION 24 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID SR. CORREAS, POR PREVARICACIÓN.

LA AUDIENCIA DICTA SENTENCIAS APLICANDO LEGISLACION DEROGADA

Un miembro de la Agrupación de Afectados de Errores y Negligencias Judiciales, se querella contra el Presidente de la Sección 24 de la Audiencia Provincial de Madrid, D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZÁLEZ, por presunta prevaricación culposa.

La Agrupación anuncia más querellas en los próximos días.

Estudio Jurisprudencia de la Audiencia Provincial de Madrid

El

Estimados amigos y amigas:

La agrupación de afectados por errores y negligencias judiciales, pone a disposición del colectivo de asociaciones por la custodia compartida, el primer estudio completo que indica no sólo la oposición frontal de la Audiencia Provincial de Madrid (secciones 22 y 24) a la CC sino la restricción sistemática de los días de visitas cuando el peticionario es masculino.

En Cataluña los padres deberán compartir la custodia de los hijos si deciden separarse

El

http://www.20minutos.es/noticia/433794/0/divorcio/custodia/tareas/

A. ZANÓN. 03.12.2008 - 03:58h

Habrá indemnización para quien haya asumido las tareas domésticas. Los progenitores con niños adoptados deberán decirles su origen.

El Gobierno catalán ha modificado el Código Civil.

Guía de actuaciones judiciales

El

frente a la Violencia de género.

Paloma Marín López, Magistrada del Observatorio contra la violencia doméstica, y otros.

Ley Seguridad social (Viudedad)

El

Resumen Ley 40/2007 (Relativo a Pension de Viudedad)

Preámbulo:

.....En materia de supervivencia, las mayores novedades atañen a la pensión de viudedad y, dentro de ésta, a su otorgamiento en los supuestos de parejas de hecho que,?

?.El acceso a la pensión de viudedad de las personas separadas judicialmente o divorciadas queda condicionado a la extinción por el fallecimiento del causante de la pensión compensatoria a que se refiere el artículo 97 del Código Civil. Si, mediando divorcio, existiera concurrencia de beneficiarios con derecho a pensión, se garantiza el 40 por ciento de la base reguladora a favor del cónyuge sobreviviente o de quien, sin ser cónyuge, conviviera con el causante y cumpliera los requisitos establecidos????

La nueva regulación de las pensiones de viudedad y su trascendencia en el Derecho de Familia

El

José Luis Sariego Morillo

Abogado y Mediador Familiar

sariegoabogados@arrakis.es



Desde la reinstauración de la institución del divorcio en España en 1.981 se han producido más de diez millones de conflictos jurisdiccionales en torno a esta institución.

Las formas de estos conflictos han sido encauzadas a través de distintos procedimientos tales como los de separación, divorcio, modificación de medidas, ejecuciones de sentencia, medidas en relación a los hijos comunes en parejas de hecho, adopciones, impugnaciones de paternidad, etc.

EVALUACIÓN DE LA APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 1/2004,

El

DE VIOLENCIA DE "GÉNERO".

El 29 de junio de 2008, se cumplieron tres años desde la entrada en vigor en su totalidad de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (en adelante Ley Integral), por lo que, con la finalidad de dar cumplimiento a su Disposición adicional undécima, el Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, ha elaborado el Informe de evaluación de los efectos de su aplicación en la lucha contra la violencia de género.

Proyecto de Ley de Responsabilidad parental compartida

El

En Argentina.

EL PROYECTO DE LEY DE "RESPONSABILIDAD PARENTAL COMPARTIDA" FUE INGRESADO EN CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA. PENSADO PARA GENERAR ESTE NECESARIO Y MODERNO PROYECTO EN EL INTERES SUPREMO DEL NIÑO, DE NUESTROS HIJOS, DEL DERECHO QUE ELLOS TIENEN A CRECER CON AMBOS PADRES PRESENTES Y A SU IDENTIDAD, Y DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL QUE TODOS LOS PADRES Y MADRES DEBERIAMOS ASUMIR LUEGO DE UNA SEPARACION CONYUGAL, PORQUE PADRES Y MADRES TENEMOS LA MISMA RESPONSABILIDAD Y EL MISMO DERECHO A CUIDAR, EDUCAR Y VER CRECER A NUESTROS HIJOS

http://www.amordepapa.org/argentina/rpc.htm

EL DERECHO Y DEBER DE DENUNCIAR. FALSEDAD EN LAS DENUNCIAS.

El

En el presente trabajo se reflexiona en el marco de las garantías constitucionales contenidas en los artículos 24 y 125 de la Constitución Española, en el primero respecto de la protección judicial efectiva en el ejercicio de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas y de sus intereses legítimos, y la presunción de inocencia; y en el segundo contempla el ejercicio de la acción popular.

AUTORA:
MÓNICA DI NUBILA.
- Abogada -

http://blogs.diariosur.es/rinconlegal1/2008/4/2/derecho-y-deber-denunciar-

El T. C. admite a trámite varios recursos

El

de inconstitucionalidad de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

I. Disposiciones generales

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

49810 Lunes 3 diciembre 2007 BOE núm. 289

El TC admite cuatro cuestiones de inconstitucionalidad contra la ley de Violencia de Género

El

EFE

MURCIA.
El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite cuatro cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por una jueza de Murcia contra la ley de protección integral contra la violencia de género, según los acuerdos a los que ha tenido acceso Efe

La victoria de un LUCHADOR

El

(SU lucha nos dignifica)

STC 65/2007, de 27 de marzo de 2007

La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Javier Delgado Barrio, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez y don Manuel Aragón Reyes, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente S E N T E N C I A

LA PENSIÓN COMPENSATORIA EN LA NUEVA LEY DE DIVORCIO

El

SU TEMPORALIZACIÓN Y SU SUSTITUCIÓN

Por Luis Zarraluqui Sánchez-Eznarriaga

Antes de entrar en la consideración de los temas concretos enunciados, es preciso situarnos en algunas cuestiones que afectan a la pensión compensatoria y que, sin duda, nos han de ayudar a comprender los dilemas a debate.

Diagnóstico y propuestas en Derecho de Familia (México)

El

ASOCIACIÓN MEXICANA DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS, A. C.

www.ampfsmexico.com

La Suprema Corte de Justicia de la Nación recibio de todo el páis la opinión y propuestas para reformar la impartición de justicia en el Estado Mexicano. durante dos años:

1. La naturaleza no alimenticia de la pensión compensatoria

El

BDB AP Córdoba 20222/2001

FJ 1º (...) ciertamente, no se puede entender comprendida en la petición de contribución a las cargas del matrimonio la fijación de la pensión compensatoria, al ser conceptos que responden a situaciones jurídicas diferentes.

Los fiscales y los menores

El

INSTRUCCIÓN 2/2006

SOBRE EL FISCAL Y LA PROTECCIÓN DEL DERECHO AL HONOR, INTIMIDAD Y PROPIA IMAGEN DE LOS MENORES

Ley violencia de Género

El

De la Comunidad de MAdrid

Ley de Custodia Compartida en Italia

El

Custodia Compartida

(Ddl Senado 25.1.2006)

Se transforman en ley las normas sobre la custodia compartida de los hijos. La Comisión de Justicia del Senado, el 24 de enero ha modificado el artículo 155 del código civil, definiendo los objetivos y los criterios que el juez tiene que tener en cuenta en relación a las medidas que hay que adoptar hacia los hijos en caso de separación de los padres.

Las nuevas normas establecen que es prioritario elegir la custodia compartida para ambos padres y la patria potestad tiene que ejercitarse conjuntamente, con la intervención del juez, si no hay acuerdo entre las partes. Ambos cónyuges tienen que velar para el sustento de los hijos en manera proporcional a sus ingresos, al mismo tiempo el juez tiene la facultad de decidir sobre la pensión compensatoria. (25 enero 2006)

Medidas previas, provisionales y definitivas

El

Procesos de nulidad, separación y divorcio
Medidas previas, provisionales y definitivas

JULIO GARCÍA CASAS

PROF. TITULAR DE DERECHO PROCESAL.
DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE DCHO. PENAL Y PROCESAL.
UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Patria Potestad en las legislaciones europeas

El

Informe para el Alto Consejo de Población y la Familia (del Estado Francés)

Un trabajo fundamental

.Frédérique GRANET

Profesor dela Universidad Robert Schuman de Estraburgo

Aquí tienes el Código Penal Español

El

Esperamos que no necesites consultarlo, pero por si acaso...

Configuración previa del Convenio Regulador

El

Primer premio de la Asociación de Abogados de Familia. PEDRO MANUEL LOPEZ ROMERO ABOGADO
? www.alfaglobal.com

LA CUSTODIA COMPARTIDA: PROYECTOS LEGISLATIVOS EN CURSO

El

JOSE LUIS SARIEGO

PUBLICADO EN LA REVISTA LA LEY, ABOGADOS DE FAMILIA DE LA ASOCIACION DE ABOGADOS DE FAMILIA

Tras varias décadas de aplicación de la custodia monoparental tras los procesos de separación y divorcio, en nuestro entorno cultural (Europa y América del Norte), la incorporación de las mujeres al mundo laboral, las políticas de igualdad de oportunidades, etc. han hecho que las relaciones parentales hayan sufrido un profundo cambio (aunque no espectacular) en las consecuencias de la educación de los niños y niñas tras la separación y/o divorcio de sus progenitores.

El Constitucional dice que un niño de 5 años debe opinar sobre su custodia

El

Recuerda que por ley los menores con suficiente juicio deben ser consultados

La realidad: «Sólo declaran a partir de los nueve o diez años»

Defensor del Pueblo - Recomendaciones para el Ministerio de Justicia

El

Dilaciones Juicios

Página 1297 y siguientes

1.1.1.8. Ministerio de Justicia

Recomendación para que se establezca una jurisdicción propia, independiente y autónoma encargada de resolver las crisis de convivencia

Ley de Parejas de Hecho de Baleares

El

Miércoles 16 enero 2OO2 BOE núm. 14 917 LEY 18/2001, de 19 de diciembre, de Parejas Estables.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE LAS ILLES BALEARS

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las liles Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.

Información jurídica gratis

El

Legis 2005 1.42 Freeware GRATIS

Un compendio de leyes y normas más importante de la realidad jurídica española en todas las ramas del Derecho. Todas esas leyes y normas españolas pueden usarse sin limitación temporal y asistida de buscadores.

Guía legal para separación, nulidad y divorcio

El

Información y respuestas a preguntas comunes sobre estos temas elaboradas por abogados.

Sentencia: Custodia Compartida

El

Rollo 657/96 Sentencia 431

AUDIENCIA PROVINCIAL VALENCIA SECCION SEXTA ILUSTRISIMOS SEÑORES PRESIDENTE D.VICENTE ORTEGA LLORCA MAGISTRADOS D. RAFAEL SEMPERE DOMENECH Dª ASUNCION MOLLA NEBOT En la Ciudad de Valencia, a Veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y siete..

SENTENCIA Nº 431

AUDIENCIA PROVINCIAL VALENCIA SECCION SEXTA

Custodia compartida en Francia. Nueva Ley

El

Ley N° 2002-305 del 4 de marzo de 2002 relativa a la patria potestad

Texto definitivo adoptado sin modificaciones en 3ª lectura por los Diputados el 22 de febrero de 2002 (por Andros)

¿Los jueces pueden "saltarse" la Ley impunemente?

El

Presentan una querella criminal en Sevilla contra el juez de familia Francisco Serrano por presunta prevaricación

Un particular señala que el magistrado le impide la posibilidad de recurrir sus decisiones ante otro órgano jurisdiccional

SEVILLA, 10 Sep. (EUROPA PRESS) -

Un sevillano ha interpuesto ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) una querella criminal contra el titular del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Sevilla, Francisco Serrano, por un presunto delito de prevaricación por su actuación en un proceso judicial de familia en el que se haya inmerso el querellante.

Lo que hay que saber sobre el testamento

El

Lo que Usted debe Saber para Dejar Bien Atada su Herencia

Cómo pueden afectar a su testamento las nuevas medidas fiscales sobre sucesiones

Por Juliana Manrique

No es un asunto agradable. Pero usted debe saber que, si fallece sin testamento, el destino de sus bienes se establecerá legalmente por este orden: primero sus hijos, después sus padres, su cónyuge, hermanos, sobrinos...Y si no tuviese familiares hasta el cuarto grado, el Estado o las comunidades autónomas heredarían sus bienes.

La Custodia Compartida avanza también en Brasil

El

INFORMAMOS QUE O PROJETO DE GUARDA COMPARTILHADA DO DEPUTADO TILDEN SANTIAGO, NÚMERO 6.350/202, RECEBEU ONTEM, 19 DE AGOSTO, PARECER FAVORÁVEL DO RELATOR DA COMISSÃO DE SEGURIDADE SOCIAL, DEPUTADO HOMERO BARRETO.

TRANSCREVEMOS ABAIXO A ÍNTEGRA DO PARECER.

MAIORES INFORMAÇÕES NO SITE DA APASE NACIONAL (WWW.APASE.ORG.BR) , PÁGINA DE ENTRADA, QUADRO "ACOMPANHE A EVOLUÇÃO DA GUARDA COMPARTILHADA NO BRASIL", OPÇÃO "TRAMITAÇÃO DO PROJETO DE LEI 6.350/202"

APASE - ASSOCIAÇÃO DE PAIS E MÃES SEPARADOS

Traducción

En México: modificaciones a leyes de custodia

El

por: Evangelina Helizondo
Fuente: Noticieros Televisa

Aprueba ALDF modificaciones a leyes en materia de custodia de menores; padres que nieguen a sus ex parejas ver a sus hijos podrán ir a la cárcel

Las Pensiones para los hijos mayores de edad por causa de separación o divorcio

El

¿Que pasa cuando los hijos a los que pasamos una pensión por separación o divorcio alcanzan la mayoría de edad?

El abogado D.Ramon Tamborero y Del Pino nos ilustra.

Compendio sobre divorcio

El

Nulidad, separación, divorcio...

JURISPRUDENCIA MATRIMONIAL (Alimentos hijos)

El

Audiencias Provinciales de Catalunya

ALIMENTOS

DECLARACIONES Y TESTIMONIOS DE MENORES DE EDAD

El

Aurelia María Romero Coloma. Abogada

En la problemática que plantean Ios testimonios y declaraciones de menores de edad en el marco de un proceso judicial

EL ALCOHOLISMO COMO CAUSA DE SEPARACIÓN MATRIMONIAL

El

Aurelia María Romero Coloma. Abogada

Al mencionarse en el Derecho español el alcoholismo, junto con la toxicomanía y las enfermedades mentales, como causa de separación (apartado 4 del artículo 82 del Código Civil), parece que el alcoholismo es considerado como una psicopatía,

El Divorcio en México

El

Información muy clara y completa sobre el tema

El Divorcio en el Perú

El

Preguntas y Respuestas sobre el Divorcio en el Perú

LEY de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid

El

PUBLICADA EN EL BOCAM DE 3-1-2002

COMUNIDAD DE MADRID

LEY 11/2001, de 19 de diciembre, de Uniones de Hecho de Comunidad de Madrid. El Presidente de la Comunidad de Madrid. Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.

GRABACIONES APORTADAS CON DEMANDA DE SEPARACION

El

MADRID AP/03

11- 1-2002
PRUEBA ILEGITIMA

GRABACIONES APORTADAS CON DEMANDA DE SEPARACION

Ponente: Abad Arroyo, MP..- Rº 383/2001
No es aplicable la eximente del art. 20.7 del CP

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

El

(BOE núm. 7, de 8 de enero del 2000, pp. 575-728. Corrección de errores BOE núm. 90, de 14-04-2000, p. 15278 y BOE núm. 180, de 28-07-2001, p. 27746).

ÍNDICE DE PREGUNTAS Ley Enjuiciacimiento civil

El

Y respuestas del Ministerio de Justicia español

Diccionario de términos jurídicos

El

Conviene enterarse delo que dicen las sentencias

CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA

El

Artículo 1.- Obligaciones éticas y deontológicas:

1. El abogado está obligado a respetar los principios éticos y deontológicos de la profesión establecidos en el Código Deontológico aprobado por el Consejo de Colegios de Abogados de Europa (CCBE) el 28 de noviembre de 1998, en el presente Código Deontológico aprobado por el Consejo General de la Abogacía Española, en los que en su caso tuvieren aprobado el Consejo de Colegios de la Autonomía, y los del concreto Colegio al que esté incorporado.

¿Cómo se gestó la "Ley de Visitas de los abuelos"?

El

CONSEJO DE MINISTROS DEL 25 DE JULIO DE 2.003

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
PROYECTO DE LEY PARA FAVORECER LA RELACIÓN ENTRE ABUELOS Y NIETOS

Los abuelos tendrán derecho a visitar a sus nietos en caso de ruptura matrimonial y la custodia de los menores podrá ser encomendada a los abuelos en caso de desacuerdo entre los cónyuges.

DELITOS INFORMÁTICOS EN EL CÓDIGO PENAL ESPAÑOL.

El

Fecha: 15 de Julio 2002
Con la expresión delito informático se define a todo ilícito penal llevado a cabo a través de medios informáticos y que está íntimamente ligado a los bienes jurídicos relacionados con las tecnologías de la información o que tiene como fin estos bienes

DELITOS INFORMÁTICOS

El

Con la expresión delito informático se define a todo ilícito penal llevado a cabo a través de medios informáticos y que está íntimamente ligado a los bienes jurídicos relacionados con las tecnologías de la información o que tiene como fin estos bienes.

La clasificación de dichos delitos se puede enumerar en (fuente: Policía Nacional Española):

Los miembros de las parejas de hecho rotas podrán reclamarse una pensión (en Galicia)

El

Si cesa la convivencia y hay hijos en común tendrán derecho a pactar la guarda y custodia.

La formación de estos enlaces no generará ninguna relación de parentesco.

Las uniones podrán extinguirse por mutuo acuerdo o unilateralmente

Sustracción de menores y respeto efectivo a la «vida familiar»

El

ante el TEDH

Caso Iglesias Gil c. España -------------------------------------------------------------------------------- Pulido Quecedo, Manuel Constituye uno de los desafíos del Derecho Constitucional contemporáneo (predicable de cualquier otra rama del Derecho), la pretensión de efectividad y eficacia. No en balde la Constitución de 1978 (RCL 1978, 2836), incorporó como una de las novedades de la misma la pretensión de eficacia en la protección de los derechos sustantivos y procesales, mediante la cláusula de la tutela judicial efectiva [Véase, la tramitación del art. 24.1 CE, así como sus enseñanzas en DÍEZ PICAZO, L.: «Notas sobre el derecho a la tutela judicial efectiva», en Poder Judicial, núm. 5 (1987)] que constituye hoy la clave de bóveda de nuestro Derecho (judicial). Enlazaba así la CE con la exigencia de normatividad de los textos constitucionales modernos e incorporaba nuestro sistema jurisdiccional a la tesis de la eficacia de los derechos fundamentales, más allá de su retórica consideración como meras declaraciones de intenciones (derechos irreales e ilusorios).

¿Quieres consultar el Código Civil Español?

El

Interesante información

La UE clarifica las normas jurídicas relativas a los hijos en caso de separación de los padres

El

El Consejo de ministros de Justicia e Interior logró hoy un acuerdo político sobre el Reglamento relativo a la competencia, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, que armonizará las reglas en la Unión Europea para tratar temas como la tutela o derechos de visita de los hijos en casos de divorcio o separación, pero también los casos crecientes de secuestro de los menores por parte de uno de los padres

Página web del C.G.P.J.

El

El Poder Judicial presenta una web que permite interponer quejas y tener acceso a toda la jurisprudencia del Supremo.

El proceso matrimonial en la nueva LEC

El

De: Rodrigo Lacueva Bertolacci
Fecha: Octubre 2002
Origen: Noticias Jurídicas

Los bienes gananciales

El

Introducción

A continuación exponemos cuáles son los bienes que pertenecen de forma conjunta e indistinta a los esposos.

Como regla general (artículo 1.361 del Código Civil), se presumen gananciales los bienes existentes en el matrimonio, mientras no se pruebe que pertenecen únicamente al marido o a la mujer

La herencia y el testamento

El

Exponemos un estudio de la sucesión por causa de muerte en el Derecho común y en los diversos Derechos forales, y en concreto trataremos las figuras del testamento, la sucesión intestada, las legítimas, los derechos de los cónyuges viudos, la aceptación y repudiación de la herencia y las operaciones de partición...

Aspectos procesales de la liquidación de gananciales

El

Juan José Reyes Gallur
Abogado

Anulada una sanción impuesta a un abogado por tramitar un divorcio contra un hombre a quien antes había asesorado

El

1 de septiembre de 2003, 18h00 El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anulado la sanción impuesta por el Consejo de los Ilustres Abogados de Catalunya a un letrado por tramitar un divorcio contra un hombre a quien con anterioridad había asesorado durante el proceso de separación.

Los mayores de 16 años pueden ser independientes

El

CÓDIGO CIVIL español

TÍTULO XI

De la mayor edad y de la emancipación

PROPOSICIÓN DE LEY REGULADORA DE LA ORDEN DE PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA

El

Exposición de motivos I La violencia ejercida en el entorno familiar y, en particular, la violencia de género constituye un grave problema de nuestra sociedad que exige una respuesta global y coordinada por parte de todos los poderes públicos.

Trámite de urgencia para impulsar la erradicación de la violencia de género

El

-Los partidos se unen para adelantar a junio las medidas de protección física, legal y económica

-La iniciativa busca superar la concepción patriarcal enraizada aún en la sociedad.

Las mujeres que deban abandonar su domicilio recibirán 900 euros

Pensión de viudedad: vías de recurso

El

Ignacio Bermúdez de Castro Olavide.
ABOGADO.

Considero que las percepciones de determinadas pensiones de viudedad, en concreto las que reciben los cónyuges que han estado casados con divorciados, pueden estar inmersas en determinadas causas de inconstitucionalidad, que podrían ser estudiados por el Alto Tribunal, eso sí, previo agotamiento de las vías que marcan la jurisdicción ordinaria.

Francia: el Gobierno reforma la ley del divorcio y simplifica la ruptura por mutuo consentimiento

El

Europa Press
9 de julio de 2003
El Consejo de Ministros francés aprobó hoy una reforma que facilitará los divorcios por consentimiento mutuo y aligerará los procedimientos en el resto de los casos.

Los abuelos tendrán derecho a visitar a sus nietos cuando los hijos se divorcien

El

LA VOZ DE GALICIA 28/06/2003
Arantza Prádanos (madrid)
Grandes olvidados en las crisis familiares, los abuelos verán reconocidos en el futuro sus derechos de visita y relación con sus nietos en las separaciones matrimoniales de sus hijos.

Ley de Parejas en Catalunya

El

Preámbulo

Capítulo I. Unión Estable Heterosexual
Capítulo II. Unión Estable Homosexual
A LA MESA DEL PARLAMENTO La Comisión de Justicia, Derecho y Seguridad Ciudadana, en sesión celebrada el día 10 de junio, estudió el texto de Proyecto de Ley de Relaciones de Convivencia diferentes del Matrimonio, transmitida por el Gobierno, el Informe de la Ponencia y las enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios.

Ley de Parejas de Hecho en Aragón

El

Preámbulo de la Ley de Parejas de Hecho

La sociedad española en general, y la aragonesa en particular, viene demandando, desde hace tiempo, la regulación normativa de las llamadas parejas de hecho.

Pensiones compensatorias: Jurisprudencia

El

JURISPRUDENCIA MATRIMONIAL
Audiencias Provinciales de Catalunya
PENSIÓN COMPENSATORIA

EL DERECHO A LA PENSIÓN DE VIUDEDAD

El

EN LOS CASOS DE NULIDAD, SEPARACIÓN Y DIVORCIO: LA NUEVA REDACCIÓN DEL ARTICULO 174 DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL?. Carolina Gala Durán. Profesora Titular de Derecho del Trabajo. Universidad Autónoma de Barcelona. Revista: ?Aranzadi Social?, nº 9. 1998.

Disposiciones generales, competencia y procedimiento de los procesos matrimoniales en la LEC 2.000

El

De: Rodrigo Lacueva Bertolacci
Magistrado Suplente de la Audiencia Provincial de La Rioja.
Fecha: Octubre 2002
Origen: Noticias Jurídicas

La medida de alejamiento en los delitos sobre violencia doméstica: Tratamiento procesal y jurisprudencia

El

POR SHEILA MUÑOZ MUÑOZ
LICENCIADA EN DERECHO
http://www.uv.es/~ripj/11she.htm
SUMARIO:
I. GENERALIDADES SOBRE LA MEDIDA DE ALEJAMIENTO.
II. EL ALEJAMIENTO COMO MEDIDA SUI GENERIS. II.1 PRINCIPIOS GENERALES.
II.2. NATURALEZA JURÍDICA.
II.3.PRESUPUESTOS.
II.4. NECESARIA MOTIVACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ADOPTA LA MEDIDA CAUTELAR.
II.5.DURACIÓN DE LA MEDIDA.
III. TRAMITACIÓN PROCEDIMENTAL.
IV. INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL INCULPADO DE LA MEDIDA ACORDADA POR EL JUEZ O TRIBUNAL.

La Custodia compartida se abre paso también en Italia

El

Proposición de Ley presentada por Forza Italia

Modificaciones del Código Civil en Suiza

El

En Suiza "desculpabilizan" el divorcio y establecen la Custodia compartida. A ver si vamos tomando nota en España

Los juristas advierten de que la actual legislación criminaliza todas las separaciones conflictivas

El

(siempre hemos sostenido que la actual Ley de Divorcio fomenta la confrontación)
LA VOZ DE GALICIA 12 de Junio de 2003
Arantza Prádanos (madrid)
En España uno de cada tres matrimonios acaba en ruptura.

Custodia de Menores en el Derecho Norteamericano

El

de: http://www.enel.net/gacetajudicial/2000/73/derecho_norteamericano.htm
Kellee A. Brown
La custodia legal de un menor incluye el derecho a decidir todo lo relativo a la crianza del niño, inclusive su educación, cuidados médicos, instrucción religiosa, crecimiento y desarrollo

Ley de la Familia de Cataluña

El

Texto íntegro de la Ley en la sección de descargas

Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El

Es aplicable este mecanismo al país en el que está interesado?

Acerca del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El mandato del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

¿Qué puede hacer este mecanismo para ayudarle?

¿Quién puede acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos?

El juez tendrá acceso directo a la vida laboral para agilizar divorcios y quiebras

El

La razón lunes 28 de abril de 2003

La Seguridad Social firma un convenio con Justicia para que consulte sus datos La Seguridad Social prevé firmar en breve un convenio de colaboración con el Consejo Superior del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas con competencias en esta materia para permitir que tengan acceso directo a sus bases de datos.

INCUMPLIMIENTO POR EL ABOGADO DE SU DEBER DE FIDELIDAD.

El

Tribunal Supremo, Sala 1ª. Sentencia 25 marzo 1998

Impedir a un niño el contacto con su padre o madre es delito

El

La figura delictiva del maltrato a niños incluye el incumplimiento injustificado del derecho de "visitas"
Promulgada recientemente una nueva Ley penal que contempla ese caso

Algunas definiciones de términos sobre el divorcio

El

pensión de alimentos
pensión compensatoria
medidas provisionales
medidas provisionalísimas
abandono de familia

Nulidad de matrimonio posterior al divorcio y recuperación de la pensión de viudedad

El

La nulidad del matrimonio, declarada por Tribunal competente y con eficacia en el ámbito civil, permite la reanudación de la pensión de viudedad que se perdió por contraer nuevas nupcias.

La Nulidad Matrimonial

El

Laura Armentia Espigares

Conferencia extractada

Ley de secuestro de menores

El

PROPOSICIÓN DE LEY 122/000135 Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal y del Código Civil, sobre sustracción de menores. Informe de la Ponencia y nuevo texto resultante de la unificación de las Proposiciones de Ley con números de expediente 122/000002 y 66.

ejecución de resoluciones judiciales en materia de responsabilidad parental

El

PARLAMENTO EUROPEO 1999  2004 Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores

DOCUMENTO DE TRABAJO

sobre la propuesta de la Comisión de un Reglamento del Consejo relativo a la competencia judicial, al reconocimiento y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia responsabilidad parental

Los extranjeros podrán acceder a procedimientos de divorcio en España aunque sus estados de origen lo impidan

El

El vicepresidente primero y portavoz del Gobierno, Mariano Rajoy, ha anunciado que el Ejecutivo central llevará a cabo una reforma del artículo 107 del Código Civil para que los extranjeros residentes en España puedan acceder a procedimientos de separación o divorcio cuando la normativa de sus países de origen no albergue esta posibilidad.

La pensión de viudedad: balance y propuestas para su reforma.

El

Faustino Cavas Martínez, Magistrado de la Sala de lo Social del TSJ de la Región de Murcia.
Fecha: Febrero de 2001

SUMARIO.-
I.- LA PROTECCIÓN SOCIAL DE LA VIUDEDAD: FUNDAMENTO Y EFECTOS DE LAS REFORMAS HABIDAS DESDE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978:

Pensión entre Cónyuges

El

JOAQUÍN GUERRERO PEYRONA Abogado

Jurisprudencia de las Audiencias sobre Relaciones con los menores

El

El derecho del menor a relacionarse con su familiares es indiscutible

EL INTERÉS DEL MENOR COMO CRITERIO PREVALENTE EN LA MEDIACIÓN FAMILIAR

El

Dra. Carolina del Carmen Castillo Martínez
Profesora Titular de Derecho Civil en la Universitat de València y en el Pontificio Instituto Juan Pablo II para estudios sobre el Matrimonio y la Familia

La pensión compensatoria tras la sentencia de nulidad, separación o divorcio

El

Artículos en Lex Consultor

http://www.lexconsultor.com/boletin/articulos/0013.htm

¿Es posible divorciarse sin separarse previamente?

El

Respuesta de
Fdo.: Pablo Eugenio Ruiz Tamayo. Abogado del Ilustre Colegio de Guadalajara. Despacho Ruiz Del Orden Abogados.
Exige acuerdo de las partes y algún "truco" legal. Las ventajas son enormes

Estructura y funcionamiento de los Juzgados de Familia e España

El

A raíz de la aparición de la Ley de Divorcio 30/81 de 7 de Julio se crearon en España los Juzgados de 1ª Instancia, de Familia para que conocieran de forma exclusiva los procedimientos de separación, nulidad y divorcio.

Sustracción internacional de menores

El

Algunas consideraciones sobre la aplicación en España del Convenio de la conferencia de La Haya sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores de 25 de Octubre de 1980

El Derecho de la Unión Europea

El

¿Quieres información sobre el Derecho de la Comunidad Europea?

El divorcio en el Ecuador

El

Quieres divorciarte en el Ecuador ?

Una mujer demanda a España ante la UE por el secuestro de su hijo

El

Acusa al Estado de no haber hecho nada por recuperarlo después de que se lo llevara su ex marido / El Tribunal Europeo de Derechos Humanos admite a trámite la demanda por vulneración del derecho a la vida familiar.

El derecho a la pensión de viudedad en los casos de nulidad, separación y divorcio

El

Carolina Gala Durán.
Profesora Titular de Derecho del Trabajo.
Universidad Autónoma de Barcelona.
Revista: ?Aranzadi Social?, nº 9. 1998.

No ejecución provisional sentencias separación y divorcio

El

Artículo 525. Sentencias no provisionalmente ejecutables.

El concepto de habitualidad en el delito de violencia doméstica

El

Interpretación doctrinal y jurisprudencial.
De: Jesús Morant Vidal
Fecha: Septiembre 2002
Origen: Noticias Jurídicas

El recurso de amparo constitucional

El

Nuestra Constitución declara en su art. 53.2 que "cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el art. 14 y la Sección Primera del Capítulo Segundo ante los Tribunales ordinarios, por un procedimiento...

Código Civil Argentino

El

IInformación útil

El Derecho Norteamericano y la Custodia de menores

El

Kellee A.Brown

La custodia legal de un menor incluye el derecho a decidir todo lo relativo a la crianza del niño, educación,cuidados médicos,instrucción religiosa, desarrollo...

Proyecto de Ley de Tuición (custodia) compartida para Chile

El

No cuestiona cual de los dos progenitores es más importante, o el mejor capacitado, sino que considera que ambos son necesarios e importantes por igual para el desarrollo integral y armónico de los hijos.

Navarra legisla contra la violencia sexista

El

Este texto comprende a todos, mujeres, hombres, niños, ancianos...

El T. C. deroga el artº 9.2 del Código Civil español

El

El problema surge en matrimonioo de catalana con castellano en Cataluña. Si no hay capitulaciones matrimoniales, ¿Cuál es el régimen económico aplicable por defecto?

Proposición de Ley de Violencia de Género

El

Presentada por el PSOE y rechazada por el PP

Completa información para divorciarse en Perú

El

Necesitas divorciarte en el Perú u otra información legal? Pues puedes visitar esta página peruana

¿Quieres casarte o divorciarte en Cuba ?

El

Trámites y documentos para el casorio pinchando aquí y...para el divorcio aquí

Divorcio en México

El

Trámites necesarios. Infórmate aquí

Compilación de Leyes de varios países que discriminan a la mujer

El

Estado marital, violencia etc. Interesante resumen de legislación internacional para comparar. puedes verla aquí

Cómo divorciarse en La Pampa (Argentina)

El

El Poder Judicial de la Provincia de La Pampa nos brinda información para la realización de los trámites necesarios

No hay divorcio, pero sí nulidad en Chile

El

Página del Gobierno chileno

BIBLIOGRAFÍA: 20 años de la Ley de divorcio en España

El

Completo listado de publicaciones para estudiosos.
Centro de Estudios Políticos y Constitucionales

El Código de Familia de Cuba

El

La legislación cubana sobre la familia

La Ley del menor en España

El

Promulgada el 12 de Enero de 2000

El divorcio en Bolivia

El

Información

El Código de Familia de Bolivia

El

Archivo asociado en formato PDF

El Código de Familia de Panamá

El

Información accesible en esta página

En Argentina encarcelan a l@s que impiden el contacto de los hijos de separados con los padres o madres no custodios

El

LEY PENAL 24.270 Impedimento de Contacto de los Hijos Menores con sus Padres No Convivientes

Inclusión de una integrante de pareja de hecho en la Seguridad Social

El

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra incluyendo a una integrante de pareja de hecho como beneficiaria de la cartilla de la Seguridad social

Todo sobre las parejas de hecho

El

Estudio de la reciente normativa española sobre uniones de hecho
Por Antonio Sánchez Bayón

Matrimonio o Pareja de Hecho?

El

Ventajas e inconvenientes

Modelo de convenio regulador de separación

El

CONVENIO REGULADOR DE SEPARACIÓN CON HIJOS

AYUDAS A VÍCTIMAS DE DELITOS VIOLENTOS

El

Se establece un sistema de ayudas públicas en beneficio de las víctimas directas e indirectas de los delitos dolosos y violentos, cometidos en España, con el resultado de muerte o de lesiones corporales graves o de daños graves en la salud física o mental

La comunidad de bienes y los derechos de sus titulares

El

La disolución de la comunidad de bienes no afecta a la subsistencia del derecho de uso que corresponde al otro cotitular de los inmuebles

Ejecución de Sentencias de Separación y Divorcio

El

D. Carlos Mariscal de Gante (Fiscal de Familia A Coruña)

La Asociación española de abogados de familia reclama jurisdicción propia para conflictos de familia

El

CARTA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO A LA PROPUESTA DE NUESTRO PRESIDENTE DE CREAR UNA JURISDICCIÓN PROPIA EN MATERIA DE CRISIS DE CONVIVENCIA FAMILIAR Y DE PAREJA

La Ley de Divorcio en España. S. XXI

El

Conferencia de D. Ignacio Bermúdez de Castro ? Olavide en el Casino de A Coruña en Febrero de 2002

La sociedad de gananciales

El

Sentencias del Tribunal Supremo.

Relación de Artículos del Cod Civil sobre el Divorcio

El

Puede ser interesante esta recopilación

Consejos prácticos para plantear incidentes

El

Los incidentes de modificación de medidas no son bien vistos, en general por los jueces.
Asegúrate de tener muy fundadas razones para plantearlos o te condenarán "en costas"

Cómo moverse ante los Tribunales

El

Quiero separarme. ¿Qué hago?

Lista de Profesionales concertados

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Todos ellos están de acuerdo con nuestros planteamientos y singularmente con la CUSTODIA COMPARTIDA

Pensión de viudedad para ex-espos@s

El

D. Faustino García Maceiras pregunta al Congreso de los Diputados español por qué, si el divorcio rompe el vínculo, l@s ex-espos@s tienen derecho a la PENSIÓN DE VIUDEDAD. La respuesta es:

Otros artículos

Los gastos extraordinarios de los hijos

El

https://www.mundojuridico.info/los-gastos-extraordinarios-de-los-hijos/

Los gastos extraordinarios de los hijos que serán abonados a medias por los padres son los de carácter excepcional, imprevisible y necesario.
19 OCTUBRE, 2021 
5 min de lectura

En anteriores ocasiones hemos hablado de los gastos extraordinarios de los hijos, de su diferencia de los gastos ordinarios e incluso  hemos indicado nuevas clasificaciones dadas por profesionales jurídicos  a estos conceptos, siempre con la idea de hacer un reparto más justo y equitativo de las obligaciones de los padres respecto a sus hijos, fueran los custodios o no.

Diferenciar gastos ordinarios y extraordinarios de los hijos

En determinados Juzgados, y para evitar posibles conflictos entre las parejas en cuanto a la determinación de diferenciar qué debe entenderse como gasto ordinario (incluido en la pensión de alimentos) y qué debe entenderse como gasto extraordinario, (siempre que no se haya regulado ya de manera específica en el Convenio Regulador ) en sus Sentencias incluyen la siguiente “coletilla” que a continuación os exponemos y por la que se viene a determinar los gastos extraordinarios de los hijos que pueden ser reclamados, y cuales son gastos ordinarios (ya sean gastos ordinarios usuales o no usuales).

 
 

En definitiva, es una manera bastante práctica de indicar por parte de esos Juzgados el criterio que siguen en cuanto a lo que entienden por gastos ordinarios ( usuales o no ) y extraordinarios, zanjando así la cuestión de posibles demandas o acciones posteriores (posible petición judicial para autorizar un gasto extraordinario, o demanda de ejecución ante el impago de determinados gastos).

Enumeración de los gastos extraordinarios de los hijos

Así, el texto que algunos Juzgados incorporan al fallo de sus sentencias es el siguiente:

“Los gastos extraordinarios de los hijos, entendiendo por tales los que tengan carácter excepcional, imprevisible, necesario y adecuado a la capacidad económica de ambos progenitores, serán sufragados por ambos por mitad, siempre que medie previa consulta del progenitor custodio al no custodio sobre la conveniencia y/o necesidad del gasto (salvo supuestos excepcionales y urgentes en que ello no sea posible) y acuerdo de ambos –de forma expresa y escrita antes de hacerse el desembolso- o en su defecto, autorización judicial, mediante la acción del artículo 156 del Código Civil.

Son gastos extraordinarios de carácter médico los odontológicos y tratamientos bucodentales incluida la ortodoncia, prótesis, logopeda, psicólogo, fisioterapia o rehabilitación (incluida natación) con prescripción facultativa, óptica, gastos de farmacia no básicos y con prescripción médica, tratamientos de homeopatía y, en general, cualquier otro gasto sanitario no cubierto por el sistema público de salud de la Seguridad Social, o por el seguro médico privado que puedan tener concertado los progenitores.

 
 

Son gastos extraordinarios de carácter educativo las clases de apoyo escolar motivadas por un deficiente rendimiento académico.

En relación con los gastos extraordinarios, y en atención a su peculiar naturaleza, se entenderá prestada la conformidad si, requerido a tal efecto un progenitor por el otro, de forma fehaciente, es decir, que conste sin lugar a dudas la recepción del requerimiento, se dejare transcurrir un plazo de diez días hábiles sin hacer manifestación alguna. En el requerimiento que realice el progenitor que pretende hacer el desembolso, se deberá detallar cuál es el gasto concreto que precise el hijo, y se adjuntará presupuesto donde figure el nombre del profesional que lo expide.

Son gastos ordinarios usuales e incluidos en la pensión alimenticia destinada a cubrir necesidades comunes, los de vestido, ocio, educación, incluidos los universitarios en centro públicos (recibos expedidos por el centro educativo, seguros escolares, AMPA, matrícula, aula matinal, transporte y comedor en su caso, material docente no subvencionado, excursiones escolares, uniformes, libros).

Son gastos ordinarios no usuales las actividades extraescolares, deportivas, música, baile, informática, idiomas, campamentos o cursos de verano, viajes al extranjero, fiestas de cumpleaños u onomásticas y otras celebraciones necesarias de los hijos, así como los gastos de colegio/universidad privados, máster o curso de postgrado, y las estancias en residencias universitarias, colegios mayores o similares, que deben ser en todo caso consensuados de forma expresa y escrita para que pueda compartirse el gasto y a falta de acuerdo, serán sufragados por quien de forma unilateral haya tomado la decisión, y sin perjuicio de que pueda ejercitarse con carácter previo la acción del artículo 156 del Código Civil, si la discrepancia estriba en si debe o no el menor realizar la actividad.”

En cualquier caso, los anteriores listados no tienen carácter exhaustivo, ya que como hemos indicado con anterioridad, es un modelo recogido por algunos Juzgados a la hora de concretar dónde se deben de ubicar los gastos que se producen  y por ende la obligación que cada uno de los progenitores tienen respecto a su pago.

 
 

La descripción anterior de gastos ordinarios y extraordinarios lo es sin perjuicio de lo expresamente pactado, en su caso, en el Convenio Regulador.

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada.

PROPOSICIÓN DE LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA CIUDADANOS

El

122/000277 Proposición de Ley de impulso a la guardia y custodia compartida de los menores en los casos de ruptura de la convivencia de los progenitores. Presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos. La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia. (122) Proposición de Ley de Grupos Parlamentarios del Congreso. Autor: Grupo Parlamentario Ciudadanos. Proposición de Ley de impulso a la guardia y custodia compartida de los menores en los casos de ruptura de la convivencia de los progenitores

 

VER EN ARCHIVO ASOCIADO

Soluciones jurídicas al impedimento de contacto entre progenitor y los hijos

El

 
Es muy usual que se den situaciones de separación o divorcio en una pareja, en la que no saben cómo actuar o como organizarse con los niños cuando se están separando.
 
Muchas más parejas de las que creemos (70%), se organizan bastante bien, pero hay un porcentaje en torno al 30% que no saben cómo hacerlo. Muchas veces los abuelos echan una mano, pero otras veces complican las cosas.
 
El problema es cuando acuden a un/a abogada/a que les informa de cómo obtener ventajas de cara al proceso judicial.
 
Según un estudio que estamos realizando de casos de los años 2008 al 2016, nos encontramos que en este momento (contacto con abogado/a) del proceso de separación, los porcentajes cambian de forma ostensible.
 
Pasamos de aquel 70% que se organizaban ¡bien a solo un 20% y, pasamos de un 30% que se organizaban muy mal a un 80%. Veamos el gráfico.
 
 
De este dato podemos concluir que muchos/as abogados/as o bien no saben ayudar a sus clientes a organizar bien sus vidas mientras dura un proceso, o bien provocan con su trabajo, a sabiendas de ello, que las cosas se pongan peor para todos.
 
Lo habitual en mi trabajo es encontrarme con abogados/as que asesoran a sus clientes, sobre todo cuando son mujeres y madres, que impidan al padre ver a los niños “hasta que lo diga un juez”.
 
Me dirán que soy un exagerado, pero en el estudio que estamos terminando nos hemos encontrado este tipo de argumentos en 9 de cada 10 casos donde hay impedimento de contacto entre el padre y los hijos.
 
Así no nos sorprende que una vez presentan la demanda estos/as abogados/as, argumenten que sus clientas, son las cuidadoras principales de los hijos.
 
No debemos olvidar que una madre que impide a los niños que vean a su padre, ya no es delito ni nada de nada, aunque ya la Audiencia Nacional ha aplicado en estos casos (cuando no hay resolución judicial aún) el art. 225, bis del Código Penal. Alguna Audiencia Provincial ha ido más lejos, aplicando el delito del art. 455 del Código Penal (De la realización arbitraria del propio derecho) en estos casos.
 
Si hay una resolución judicial de por medio, y se impide el contacto entre los hijos y el padre o la madre, entiendo que es denunciable por la vía de estos artículos, además de la vía de un posible delito de desobediencia judicial.
 
Pero de lo que trata este artículo, es sobre cómo podemos evitar criminalizar a una familia en procesos de separación y/o divorcio, usando lo menos posible el Derecho Penal.
Cuando un padre o una madre no pueden ver y estar con sus hijos tiene la vía del artículo 771 de la LEC que nos dice que:
 
“1. El cónyuge que se proponga demandar la nulidad, separación o divorcio de su matrimonio puede solicitar los efectos y medidas a que se refieren los artículos 102 y 103 del Código Civil ante el tribunal de su domicilio.
Para formular esta solicitud no será precisa la intervención de procurador y abogado, pero sí será necesaria dicha intervención para todo escrito y actuación posterior.
2. A la vista de la solicitud, el Secretario judicial citará a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia en la que se intentará un acuerdo de las partes, que señalará el Secretario judicial y que se celebrará en los diez días siguientes. A dicha comparecencia deberá acudir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su procurador….
 
Esto es, que se pueden pedir medidas provisionales que se deben celebrar en los diez siguientes a que el Juzgado admita la solicitud. Además, no hace falta ni abogado ni procurador para presentar la demanda pero si para el juicio.
 
El problema es que los juzgados no cumplen con los plazos de la ley, y citan a los padres y madres que piden auxilio judicial, entre tres meses y hasta más de dos años después.
Durante todo ese tiempo, la organización de las responsabilidades parentales y el reparto de tiempos y espacios de la estancia con los niños, depende de la buena voluntad de las madres y de su abogado/a.
 
¿Por qué digo de las madres?
 
Porque desde la aprobación de la ley de violencia sobre la mujer en 2004, un padre que impide el contacto de sus hijos con su madre, es considerado delito de maltrato psicológico. Mientras que si es la madre la que impide dicho contacto padre-hijo, no es delito de maltrato psicológico.
 
Aunque ya ha habido algún juzgado que ha admitido denuncias por maltrato psicológico por este motivo, pero son casos anecdóticos.
 
Por ello, hace unos días, un Juzgado de Familia, consciente del retraso de la Justicia, ha tomado una idea que aportamos en nuestra solicitud de medidas provisionales:
 
Es un caso muy usual en nuestros despachos.
 
Una pareja se separa hace ahora un año, y el niño y el padre se veían casi todos los días, hasta que la madre contrata a una famosa abogada que le asesora en el sentido de aquello de que:
 
tú, hasta que no lo diga un juez, no le dejes ver al niño
 
Y así ha sido.
 
El padre tenía prevista una vista de medidas provisionales hace unas semanas y estaba ilusionado con volver de nuevo a su hijo, en estas vacaciones.
 
Pero la abogada de la madre, usando las normas, ha logrado que dicha vista se suspenda, para provocar atrasar la resolución varios meses más.
 
Esta parte ha pedido al Juzgado que adoptase medidas de protección del niño, en virtud de lo establecido en el art. 2 de la Ley de protección del menor de 1996, en la redacción nueva, dada en 2015 a través de la ley de la infancia y adolescencia.
 
Este artículo explica, entre otras muchas cosas, que se debe garantizar que el niño tenga contacto con su familia y evitarle situaciones que afecten a su desarrollo o su salud (mental).
 
La situación de riesgo para el niño, es que no puede ver a su padre porque la madre lo impide, y ello ha sido considerado por el Consejo de Europa y el TEDH como maltrato infantil. El propio CGPJ en un estudio de 2002, ya afirmaba lo mismo.
 
Pues, en este caso, el juzgado, mediante providencia, y en virtud de lo establecido en el art. 2 de la LO 1/96 ha decidido que hasta tanto se celebre el juicio, se garantice el contacto entre el padre y el hijo con el establecimiento de un reparto de tiempos de convivencia entre la madre y el padre.
 
Al final de la providencia dictada, se hace saber y se les advierte a ambos progenitores sobre las consecuencias que puede tener el incumplir lo decidido por el Juzgado (ex art. 776 de la LEC).
 
Creemos que es una solución legal que podría evitar muchos problemas a miles de niños que se ven involucrados en estos procesos.
 
Y ello bajaría el nivel de conflicto de la familia, y por ende, la aparición de estrategias que dan lugar a la aparición de casos de violencia intrafamiliar.
 
Con este tipo de soluciones, se benefician todos los miembros de la familia, pero sobre todo se protege de una forma muy eficaz los derechos de los niños.
 
Por ello, conmino a jueces, fiscales y abogados a que sigan esta línea legal, para obtener una pronta respuesta a la vida de los niños involucrados en estos procesos, largos y tediosos.
 
En la providencia de admisión de la demanda, si hay impedimento de contacto entre el hijo y algunos de sus progenitores, se acuerde por la vía del art. 2 de la LO 1/1996, establecer un reparto de tiempos de estancia de los niños con ambos progenitores desde el primer momento, hasta la vista.
 
En la Iniciativa Legislativa Popular de la asociación nacional Tod@s Iguales (http://ilpcustodiacompartidanacional.org/), sobre modificación del art. 92 de la C. Civil en la que participé, presentada ante el Congreso de Diputados en el año 2015, ya anunciábamos este tipo de soluciones, para todos los tipos de familias.
 

Sevilla, 26 de julio de 2017.-
 

Los separados deberán repartirse el coste de los traslados de ciudad de los hijos

El

 

http://www.elmundo.es/espana/2014/07/05/53b7c4b5268e3ee7168b456c.html

Los separados deberán repartirse el coste de los traslados de ciudad de los hijos

 

MODIFICADA LA NORMATIVA QUE REGULA LA EXPEDICIÓN DEL PASAPORTE

El

MODIFICADA LA NORMATIVA QUE REGULA LA EXPEDICIÓN DEL PASAPORTE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro del 11 de julio de 2003, por el que se reguló la expedición del pasaporte ordinario y se determinaron sus características.

Esta reforma pretende, por una parte, clarificar el régimen de expedición del pasaporte en el caso de los menores y, por otra, incorporar ciertas mejoras técnicas, como un chip en el que consten los datos biométricos y unas características técnicas que permitirán su lectura mecánica.

Novedades

Este Real Decreto incluye expresamente entre las excepciones al derecho a obtener el pasaporte aquellos supuestos en que el juez o el tribunal haya prohibido la salida de España o la expedición del pasaporte al menor de edad o la persona incapacitada judicialmente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley.

Otra novedad es que a la hora de expedir el pasaporte a un menor de edad será necesario el consentimiento expreso de los dos progenitores, si ambos tienen atribuida la patria potestad, para evitar posibles problemas de sustracción de menores. Hasta ahora sólo se exigía el consentimiento de uno de ellos.

Este Real Decreto también modifica la documentación requerida para adecuarla a los documentos que se exigen para obtener el DNI. En este sentido, se regula la necesidad de la presencia física de la persona que solicite el pasaporte y la documentación que tendrá que aportar: DNI, la solicitud, una fotografía y el resguardo acreditativo del pago de la tasa.

En el caso de los residentes en el extranjero, el Real Decreto prevé la posibilidad de sustituir la presentación del DNI (no será obligatorio para ellos) por la del pasaporte o la certificación literal de nacimiento.

También se introduce un nuevo apartado para regular la expedición del pasaporte cuando por motivos de urgencia el titular no pueda presentar la documentación requerida para ello. En este caso, si acredita por otros medios su identidad y nacionalidad española, se le expedirá con una validez temporal de un año.

Chip electrónico

Esta nueva regulación incorpora los requisitos técnicos recogidos en disposiciones internacionales sobre el contenido del chip electrónico que se incorpora al pasaporte: datos de filiación, fotografía digitalizada e impresiones dactilares, así como los caracteres técnicos que permitirán su lectura mecánica.

Asimismo, se prevé la posible recepción de la documentación necesaria para expedir el pasaporte por vía telemática, cuando se establezca el procedimiento técnico que lo permita.

Las modificaciones que incorpora este Real Decreto afectan a los aspectos formales a la hora de expedir el pasaporte, la documentación requerida para su tramitación o el contenido de este documento, sin que implique incremento alguno del gasto público.

 

Anteproyecto ley divorcio 'Gallardón'

El

(VER COMPLETO EN ARCHIVO ASOCIADO) 

ANTEPROYECTO DE LEY SOBRE EL EJERCICIO DE LA CORRESPONSABILIDAD

 

PARENTAL EN CASO DE NULIDAD, SEPARACIÓN Y DIVORCIO

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

I

 

El marco institucional y social del matrimonio y de las relaciones paterno-filiales ha

 

experimentado profundas transformaciones, tanto en España como en los países de nuestro

 

entorno y cultura.

 

En España, el matrimonio canónico fue forma exclusiva y excluyente de cualquier otra

 

desde la introducción de los Decretos del Concilio de Trento hasta la Ley del Matrimonio Civil de

 

1870 y, tras la breve vigencia de ésta, fue forma prevalente hasta 1932. Incluso las Leyes de la

 

II República del Matrimonio Civil y del Divorcio de 1932 mantuvieron el carácter institucional del

 

matrimonio y patriarcal de las relaciones familiares. Derogada la legislación republicana y

 

restablecida la vigencia del Derecho anterior, con las adaptaciones derivadas del Concordato de

 

1953 y de la Ley de 24 de abril de 1958, coexistieron dos clases de matrimonio, el canónico y el

 

civil, cada uno con normativa, forma, efectos y jurisdicción propias. Ambas clases de matrimonio

 

eran indisolubles por divorcio. Los conflictos matrimoniales se sustanciaban por la vía de la

 

separación o de la nulidad.

 

El fondo de esta tradición, de más de cuatro siglos, consolidó socialmente una institución

 

familiar formalmente estable y patriarcal.

 

Esta situación, incompatible con nuestra Constitución de 1978, basada en los principios

 

de libertad, igualdad, justicia y pluralismo, motivó la reforma del Código Civil mediante la Ley

 

11/1981, de 13 de mayo, de modificación del Código Civil en materia de filiación, patria potestad

 

2

 

y régimen económico del matrimonio, la Ley 30/1981, 7 de julio, por la que se modifica la

 

regulación del matrimonio en el Código Civil y se determina el procedimiento a seguir en las

 

causas de nulidad, separación y divorcio y la Ley 13/1983, de 24 de octubre, de Reforma del

 

Código Civil en materia de tutela que obtuvieron muy amplio consenso político.

 

El marco institucional del matrimonio ha quedado fundamentalmente modificado por las

 

Leyes 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a

 

contraer matrimonio y 15/2005, de 8 de julio, por la se modifica el Código Civil y la Ley de

 

Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio. Esta última modifica los artículos 81 y

 

86 del Código Civil, estableciendo que se decretará la separación o el divorcio a petición de

 

ambos cónyuges o de uno solo de ellos, una vez transcurridos tres meses desde la celebración

 

del matrimonio. Se deroga el artículo 82 del Código

 

Valoración anteproyecto 'Gallardón'

El

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY QUE ELIMINA LA EXCEPCIONALIDAD DE LA CUSTODIA COMPARTIDA

·         La norma adapta las relaciones paterno-filiales a la sociedad actual y modifica el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Registro Civil.

·         Será el juez el que determine qué forma de guarda y custodia es la más conveniente en cada caso atendiendo al interés superior del menor.

·         Para concienciar a los padres sobre la necesidad de pactar será necesario que en caso de ruptura incorporen al proceso judicial un plan de ejercicio de la patria potestad.

·         Se acelerará la liquidación del régimen económico matrimonial y desde la admisión de la demanda se suspenderá la presunción de que los bienes que se adquieran con posterioridad se rigen también por el régimen de gananciales.

·         Se introduce la mediación familiar en el Código Civil.

·         Las medidas adoptadas podrán modificarse cuando lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o cambien las circunstancias de los padres.

El Consejo de Ministros un informe del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio, con el que se adapta la legislación relativa al matrimonio y las relaciones paterno-filiales a las transformaciones que ha sufrido la sociedad española. El aspecto más destacado de la nueva norma es que elimina la excepcionalidad con la que hasta ahora se regulaba la custodia compartida. Para ello se reforma el artículo 92 del Código Civil y se introduce un artículo 92 bis. El objetivo es conseguir un sistema legal sin las rigideces y preferencias por la custodia monoparental del texto actual. Será el juez quien, en cada caso concreto, y siempre actuando en beneficio del interés superior del menor, determine qué régimen es el más adecuado. También será él el encargado de regular los aspectos y el contenido de las relaciones parentales, sin que la custodia compartida implique necesariamente una alternancia de residencia de los hijos con los progenitores en periodos iguales.

 

Informe del Ministerio Fiscal

El Anteproyecto, que reforma fundamentalmente el Código Civil, pero también la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Registro Civil, prevé que el juez pida informe al ministerio fiscal (que no tendrá carácter vinculante) y que estudie las alegaciones de las partes, la opinión y deseos del menor y el dictamen de los expertos, así como la concurrencia de todos los criterios relevantes para el bienestar del menor, como edad, arraigo social, escolar y familiar. También tendrá en cuenta a la hora de tomar una decisión la relación existente entre los progenitores y de estos con sus hijos, la voluntad de cada uno de ellos a la hora de asumir sus deberes y su posibilidad de conciliar vida familiar y laboral.

Entre las novedades que incorpora el Anteproyecto figura que la patria potestad se equipara a la corresponsabilidad parental y que el texto deja atrás el concepto de visitas al subrayar la relevancia del contacto cotidiano y frecuente entre los progenitores y sus hijos. A partir de ahora se dejará de hablar de guardador o custodio, o de visitas, para pasar a referirse a convivencia y régimen de estancia, relación o comunicación con el no conviviente. También se tendrá en cuenta el derecho de los hijos a mantener relaciones personales con los hermanos, abuelos y otros parientes y allegados.

Plan de ejercicio de patria potestad

Para concienciar a los progenitores sobre la necesidad e importancia de pactar por el bien del menor, cuando presenten una demanda de separación o divorcio deberán incorporar al proceso judicial un plan de ejercicio de la patria potestad. Será un instrumento para concretar la forma en que los progenitores piensan ejercer sus responsabilidades parentales, en el que detallarán los compromisos que asumen respecto a la guarda y custodia, el cuidado y educación de los hijos y en el orden económico. En éste se diferenciará entre gastos por necesidades ordinarias o previsibles, gastos extraordinarios y voluntarios.

Los progenitores tendrán la posibilidad, de común acuerdo o por decisión del juez, de acudir a la mediación familiar para resolver las discrepancias que puedan surgir de la ruptura. Con ello se pretende favorecer el acuerdo entre los progenitores, fomentar el ejercicio consensuado de la corresponsabilidad parental y contribuir a reducir la litigiosidad.

La nueva Ley introduce como norma que el ejercicio de la patria potestad será conjunto y será la autoridad judicial la que determine, bien aprobando los acuerdos de los padres, bien adoptando sus propias decisiones, cómo debe ejercerse la corresponsabilidad parental, atendiendo al interés del menor.

Las medidas definitivas ya adoptadas se podrán modificar cuando lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o cambien las circunstancias de los padres.

A diferencia de la revisión de oficio que previó alguna Comunidad Autónoma a la hora de regular la custodia compartida, el texto examinado hoy por el Consejo de Ministros deja esa revisión en manos de los progenitores que así lo soliciten, si entienden que el cambio legislativo hace posible otra resolución.

Violencia de género

Atendiendo al compromiso asumido por los poderes públicos para prevenir, erradicar y castigar la violencia doméstica y de género, y con la finalidad de proteger a todas las víctimas de esos delitos, especialmente a los menores, la Ley prevé expresamente, por primera vez, que no se otorgará la guarda y custodia al progenitor contra quien exista sentencia firme por este tipo de delitos. Entre las causas de exclusión de la guarda y custodia figura, además, la existencia de una resolución penal por haber indicios fundados de la comisión de dichos delitos y que en el procedimiento civil el juez aprecie indicios fundados de que se ha podido cometer alguno, aunque no exista denuncia.

Si ambos padres estuvieran incluidos en algunas de esas causas de exclusión, el juez atribuirá la guarda y custodia a los familiares o allegados que considere más idóneos, salvo que, excepcionalmente y en interés de los niños (siempre teniendo en cuenta la entidad del hecho cometido), entienda que deba ser entregada a estos o a alguno de ellos. En ese caso, la custodia quedará sujeta a seguimiento judicial para asegurar la seguridad.

Liquidación del régimen económico matrimonial

Una de las novedades de la reforma es la liquidación del régimen económico matrimonial, cuya tramitación actualmente se alarga excesivamente en el tiempo y constituye uno de los principales focos de conflictos en las rupturas familiares. Para ello se reforma la Ley de Enjuiciamiento Civil tanto en lo relativo a los procedimientos matrimoniales como a la liquidación del régimen económico matrimonial.

Con la reforma, al iniciar los procedimientos de separación, divorcio o nulidad se deberá solicitar la formación de inventario de la masa común de bienes y derechos sujeta a las cargas matrimoniales para su posterior liquidación. Además, una vez admitida la demanda, se producirá la suspensión de los efectos de la sociedad de gananciales y se empezará a aplicar el régimen de separación de bienes, lo que impedirá que una vez rota la convivencia uno de los cónyuges pueda endeudarse y vincular a esa carga a su ex pareja.

No obstante, el que no se llegue a acuerdo en cuanto al régimen económico matrimonial no impedirá que no se llegue respecto a las demás medidas.

Vivienda

Otra novedad de la reforma es que, aunque se procurará que en la asignación de la vivienda prevalezca el interés superior de cada menor, se separará de la concesión de la guarda y custodia. También se tendrán en cuenta los intereses del cónyuge con más dificultades para encontrar una nueva vivienda.

En todo caso, la atribución de la vivienda familiar tendrá carácter temporal: hasta que los hijos alcancen la independencia económica o se encuentren en disposición y condiciones de obtenerla, aun cuando no la tengan, si ello les es imputable; o transcurridos dos años prorrogables durante otro, si la atribución fue por razón de necesidad del cónyuge o, en todo caso, hasta que se le dé un destino definitivo.

La norma prevé que el Gobierno propondrá a las Comunidades Autónomas el establecimiento de unas directrices en las políticas de vivienda en alquiler social y VPO para que en situaciones de nulidad, separación y divorcio se priorice el acceso a una vivienda digna a las personas de este colectivo en situación de necesidad, siempre que tengan menores a su cargo.

El Anteproyecto, que respeta las especialidades de las Comunidades Autónomas en las que exista un Derecho Civil Foral propio, asume plenamente los presupuestos recogidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, que obliga a reforzar el derecho del menor a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, y la jurisprudencia marcada sobre custodia compartida por el Tribunal Supremo desde 2009 y reiterada en una reciente sentencia este mismo año.

También se incorpora la terminología prevista en la Convención de Naciones Unidas de 13 de diciembre de 2006 sobre la protección de los derechos de las personas con discapacidad, al regular expresamente las medidas a adoptar en relación con los hijos con la capacidad completada judicialmente, que hasta ahora se llamaban incapacitados.