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IGUALDAD LEGAL

LA VOZ DE GALICIA 12/2/2003
La Eurocámara reconoce a las parejas de hecho derechos de los matrimonios -Pretende que las uniones libres puedan circular y residir con absoluta igualdad en toda la UE -El acuerdo obligaría a España a aceptar los enlaces entre homosexuales

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Un matrimonio gay holandés sería legal aunque se mudase a Santiago

Las posibilidades de que el acervo comunitario acabe asumiendo una definición del grupo familiar como la aprobada ayer por la Eurocámara son más bien remotas en estos momentos. Pero en caso de que este acuerdo se impusiese, permitiría equiparar parejas de hecho y matrimonios.

Pongamos un caso práctico. Uno de los cónyuges de un matrimonio gay de Holanda (país donde estas uniones son legales) se traslada a Compostela por razones de trabajo. Tendría garantizados los derechos a la libre circulación, residencia y al reagrupamiento familiar. Así, podría reclamar a su cónyuge, que inmediatamente se beneficiaría, aunque estuviese en el paro, de los mismos derechos que él, pues España estaría obligada a reconocer las uniones familiares del país origen, aunque no fuesen legales en su territorio.

Es evidente que este procedimiento daría pie a una discriminación de los homosexuales españoles -que no disfrutan del derecho al matrimonio- frente a los extranjeros. Sin embargo, esa discriminación se puede dar en la práctica ya en estos momentos.

De hecho, en relación al anterior supuesto, fuentes de la delegación española del Grupo Popular Europeo manifestaron que España puede reconocer en estos momentos los derechos de un matrimonio gay holandés que se muda a territorio español por el «reconocimiento mutuo de las legislaciones nacionales».

Es más, fuentes del servicio jurídico de la Eurocámara aclararon que «el derecho internacional privado se rige en muchos casos por el derecho familiar nacional», lo que permitiría que España reconociese unas leyes que se aplican en Holanda.