Padres y Madres Separados

Ayuda práctica, jurídica y psicológica padres, madres, separados, divorciados e hijos

Providencia ...divina? humana?....Judicial

 

SE SUSPENDE LA COMUNICACIÓN DE UNA ADOLESCENTE DE DOCE AÑOS CON SU PADRE. Según se desprende del Informe del Punto de encuentro, la niña se negó a ir con su padre, la madre la apoyó y las responsables del Punto de encuentro informan que procede la suspensión cautelar porque la niña llora, sufre ansiedad y está enfadada con su padre (en una ocasión anterior le quitó el tf móvil como castigo)

Es importante señalar que el "castigo" alcanza a los abuelos y familia extensa paterna, que no han sido hallados con culpa en el asunto.

 

 

XD0.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.2

DE MONFORTE DE LEMOS

AVDA üh GAIJGA NUM. 48

Tino.: 982.80 93.82/85

Fax: 982 88.93.87/88

001SK

N.I.G.: 27031 1 0201188/2009

Procedimiento: MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS 0000533 /2009

Sobre: OTRAS MATERIAS

De D/fSa JOSE LUIS"

Procurador/a Sr/a. MARIA CAO PEREZ

Contra D/ña. MARIA ' . *b

Procurador/a Sr/a. MARIANO RODRIGUEZ CEDRON

PROVIDENCIA JUEZ

VANESA GARCIA DE PAZ

En Monforte de Lemos, a veinte de agosto de dos mil catorce.

'4

En base a la documentación adjunta con la petición formulada por el Ministerio Fiscal se

deniega la convocatoria de una vista del art. 158 del Código Civil al apreciarse que no

concurre un peligro inminente para la integridad personal de la menor. En su lugar se

acuerda en el marco del procedimiento de Modificación de Medidas 533/2009,

suspender cautelarmente el régimen de visitas estipulado, en atención a la exposición de

hechos efectuado por el equipo técnico del Punto de Encuentro Familiar y en tanto en

cuanto no mejoren las relaciones entre padre e hija, instando a sus progenitores a acudir

a un nuevo proceso de modificación de medidas, si lo estiman pertinente.

Notifíquese esta resolución a las partes, al Ministerio Fiscal y al Punto de Encuentro.

 

 

Se deniega una vista (escuchar al padres y abuelos) porque no hay riesgo.... sin embargo sí se aduce riesgo para impedir la comunicación....

 

Esta resolución nos deja perplejos:

 ¿Es suficiente justificación que una niña llore para incumplir una sentencia judicial?

(Las lágrimas del padre no cuentan?)


¿Cómo puede mejorar una relación inexistente?
Si una adolescente se niega a ir al colegio porque la ha castigado alguna profesora o se niega a ir al médico porque la va a pinchar, que deberemos hacer?

 

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