Padres y Madres Separados

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Custodia compartida en A Coruña

Un nuevo éxito de nuestro asesor jurídico Ignacio Bermúdez de Castro y su gabinete

 

XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 3

A CORUÑA

 

SENTENCIA: 00521/2013

 

S E N T E N C I A

 

         

JUEZ QUE LA DICTA:  CARMEN-AMELIA GOMA GARCIA

Lugar: A CORUÑA

Fecha: veinte de Septiembre de dos mil trece

 

Demandante: ANDRES JAVIER BARRAL DIAZ

Abogado/a: MARIA ALBELA

Procurador/a: MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ GONZALEZ

 

Demandado: BEATRIZ….

Abogado/a: MARIO PAEZ ALVAREZ

Procurador/a: RICARDO SANZO FERREIRO

 

Procedimiento: FAML.GUARD,CUSTDO ALI.HIJ MENOR NO MATRI NO C 0000767 /2011

 

En nombre de su S. M. el Rey de España, vistos por Doña Carmen Amelia Gomá García Magistrada-Juez  con destino en el Juzgado de Familia nº tres de esta ciudad, los autos de Juicio de Guarda y Custodia, tramitados ante este Juzgado con el nº 767/11, promovidos por el/la Procurador/a Doña Ángeles González González en nombre y representación de Don Andrés…. y asistido por la Letrada Doña María Albela, contra Doña Beatriz …representada por el Procurador Don Ricardo Sanzo y defendido por el Letrado Don Mario Páez, con intervención del Ministerio Fiscal, dicta la siguiente:SENTENCIA

Publicado el

Antecedentes de hecho

PRIMERO.- Por la representación de la parte actora en los respectivos procedimientos, se formuló demanda conforme a las prescripciones legales, contra la demandada que se expresa en el encabezamiento de esta resolución, que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, en la que, alegados los hechos y fundamentos de derecho que se consideraron oportunos, se solicitó que, previos los trámites legales, se dicte una resolución por la que:  se dictase Sentencia estimando la demanda en su totalidad, acordando las medidas solicitadas en el escrito.

SEGUNDO.-Admitida a trámite la demanda se le dio  el tramite señalado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, dando traslado de la misma a la demandada, sustanciándose el pleito por los tramites del Juicio Verbal, con las especialidades previstas en el art 753 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

TERCERO.-Celebrada la vista pública en el día y hora señalado tanto, la parte actora, como la demandada se ratificaron en sus pedimentos, solicitando que tras el recibimiento del pleito a prueba se dictara Sentencia conforme al suplico de la demanda.

Se recibió el pleito a prueba y se  practico la propuesta y admitida que obra en autos, acordándose como diligencia final, informe del Equipo Técnico adscrito al presente juzgado. Una vez finalizo el periodo de práctica de prueba quedaron los autos conclusos para dictar Sentencia.

 CUARTO.- En la tramitación de las presentes actuaciones se han observado y cumplido las prescripciones legales vigentes, salvo los plazos procesales, debido a la acumulación de trabajo en el Juzgado.

Fundamentos de derecho

PRIMERO.- En el presente procedimiento se trata de decidir acerca de las consecuencias de la terminación de la unión de hecho entre de Don Andrés y Doña Beatriz, y en el curso de la cual nació Andrés Alejandro el día 6 de julio de 2005.

SEGUNDO.- En el presente procedimiento, la parte actora solicita la guarda y custodia, y un régimen de visitas y pensión de alimentos, para la otra parte; subsidiariamente solicita una guarda y custodia compartida, y en su defecto, un amplio régimen de visitas. Por parte de la demandada, solicita que se le atribuya la guarda y custodia, con un régimen de visitas a favor del demandante y con establecimiento de una pensión de alimentos.

Consta en autos la prueba acordada como diligencia final, en donde tanto el informe psicosocial, emitido por el Equipo Técnico adscrito al Juzgado, como el Ministerio Fiscal, coinciden en solicitar la guarda y custodia compartida, no haciendo alegación alguna, tanto el demandante como la demandada.