Padres y Madres Separados

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Sentencia C.C. en contencioso

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 7 DE MATARÓ CON FUNCIONES DE FAMILIA E INCAPACIDADES (BARCELONA)

PROCEDIMIENTO: Divorcio Contencioso 1434/2.008-4ª._

SENTENCIA 496/09_
En esta ciudad, a 19 de octubre de 2.009._
Visto por , Magistrado-Juez del juzgado número 7 de Mataró y su partido judicial, los autos del juicio de divorcio seguido ante este juzgado con el número mencionado en el encabezamiento a instancia de Dña. M representada por la procuradora Dña. María del bajo la dirección de la letrada Dña. contra D. M C C , representado por la procuradora Dña. y bajo la dirección de la letrada Dña. siendo parte el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad y el interés del menor, digo:_

Publicado el

La referida cantidad se actualizará anualmente en Enero conforme al IPC y se abonará dentro de los cinco primeros días del mes.

En dicha cuenta se domiciliarán los gastos habituales de los menores relativos a la escolaridad y otros. Si en cualquier momento, pese a lo aquí establecido, no existiera saldo en la cuenta, los progenitores procederán al ingreso de una mensualidad complementaria.

Para la realización de un gasto extraordinario deberá ser previamente consultado con el otro progenitor, salvo en casos de urgencia, en cuyo caso el otro progenitor podrá reclamarle la exhibición de la factura, apunte bancario o cualquier otra justificación de haber realizado el pago. _

No se hace especial pronunciamiento en costas._

Notifíquese a las partes esta resolución, advirtiéndose a las mismas que frente a esta resolución cabe recurso de apelación que será conocido por la Ilustre Audiencia Provincial de Barcelona y que debe interponerse ante este juzgado en un plazo de CINCO días desde su notificación._

Procédase a su inscripción en el Registro Civil una vez firme esta sentencia y expídase testimonio de la misma para incorporarla a las actuaciones. Así lo acuerda, manda y firma:_

PUBLICACION.-
La anterior Sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe que obra en autos._