Contencioso contra el Plan de Igualdad
Primero.-
El Plan de Igualdad que se recurre está viciado desde
el primer momento, ya que cuando se acuerda el 3 de julio de 2009, por
el Instituto de la Mujer dar trámite de audiencia de dicho plan a
entidades que representen a la ciudadanía, como puede verse y
comprobarse, sólo lo notifican a entidades conformadas por
asociaciones por mujeres (que vulneran en sus estatutos el art. 14 de la
Constitución por cuanto prohíben el acceso de hombres a dichas
entidades.
Espléndido trabajo de D.
José Luis Sariego Morillo
Abogado y Mediador Familiar
Publicado el
)."Se impugnan todos aquellas líneas de actuación,
objetivos y medidas del I PLAN ESTRATÉGICO PARA LA
IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES EN ANDALUCÍA 2010-
2013, que implantan institucionalmente la perspectiva de género como
ideología oficial en todos los ámbitos; las que contemplan sólo
medidas en favor de las niñas y mujeres atentando contra su propia
dignidad personal y discriminando a los niños y hombres sin ninguna
razón objetiva, justificada ni admisible en Derecho; y las que omiten en
la infancia aquella personalidad jurídica propia que consagra la
normativa nacional e internacional vigente, estableciendo el binomio
mujer-hijo/a como un único paquete jurídico."
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