Padres y Madres Separados

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REFLEXIONES SOBRE EL SINDROME DE ALIENACION PARENTAL

Artículo publicado en Revista de Derecho de Familia

Num. 44 sep./09 Ed. Lex Nova
Autor J.L. Sariego

Llevo mas de 25 años dedicado al Derecho de Familia, cuando quienes se ocupaban de todo esto eran solo abogadas, porque era una rama del Derecho muy feminizada, al igual que en otras profesiones, tales como las de enfermería o la asistencia social.

En todos estos años de experiencia y de ver muchas cosas, la verdadera violencia llegó a los Tribunales de Familia cuando por motivo de la crisis en el sector de la abogacía mercantil, civil y otras, y se reguló de forma anacrónica la violencia intrafamiliar, poniéndose en marcha todo un despropósito legal, cual es la ley integral de violencia de género.

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En el caso de JF vs JF en 1980, el Tribunal de Familia de Nueva York fue el primer Tribunal en debatir sobre el PAS en profundidad, en relación con una decisión sobre la custodia. Señaló que la teoría es controvertida, e hizo notar que, de acuerdo con uno de los peritos que testificaron, el síndrome no es un término aprobado por la Sociedad Americana de Psiquiatría, y no figura en el DSM-IV como un diagnóstico psiquiátrico.

El Tribunal de Familia destacaba que en estos casos no han debatido sobre el PAS como una teoría, sino en términos de si un niño ha sido o no programado en perjuicio del padre no custodio, garantizando con ello un cambio en el régimen de custodia.

El tribunal observó que los niños resultaron muy inteligentes y coherentes. Pero que cuando conversaban sobre su padre y su familia se mostraban "en ocasiones de manera surrealista, con una pseudo-madurez poco natural, cuando no chocante".

Parecían "pequeños adultos". El tribunal notó que las opiniones de los niños sobre su padre eran muy poco realistas y muy crueles. Hablaban de él, y le hablaban a él, de manera que evidenciaba malicia. Ambos niños usaban idéntico leguaje a la hora de menospreciar los buenos momentos que vivieron con su padre, que se evidenciaban en una cinta de video y en un álbum de fotos, usando el término "momentos Kodak". Negaban que hubiera nada positivo en su relación con su padre hasta límites antinaturales. El tribunal concluyó que no había nada en el comportamiento del padre que justificara ese comportamiento.

Tres peritos testificaron que los hijos habían sido alienados de manera insana por la madre y su familia. Un experto testificó que "La madre ha ganado claramente la guerra sobre la mente de los niños y sus corazones, y el padre ha quedado indefenso para contrarrestarlo. Los niños, por todos los indicios, han quedado vinculados de manera simbiótica con su madre... El padre ha quedado dibujado de manera altamente derogatoria y negativa, absolutamente desproporcionada en relación con cualquier deficiencia que este pudiera tener.

Esto constituye claramente un mecanismo mental rayano en lo patológico, propio de la psicología de la madre, que ha sido claramente duplicado en los niños. En general, el pronóstico respecto a un cambio relevante en la actitud de los niños es bastante improbable por ahora, incluso con asistencia psiquiátrica.

Los psicólogos designados por el tribunal concluyeron con que el síndrome (SAP) era "claro" y "nítido" respecto a ambos niños. El experto del padre remitió un informe al tribunal en el cual manifestó que la alienación respecto al padre era probablemente el caso más severo de alienación que jamás había presenciado en su carrera de psiquiatra infantil.

El tribunal aceptó el peritaje de los profesionales de salud mental incluyendo la conclusión respecto de la madre había alienado a los hijos respecto del padre. Concluyó en que los niños no podrían mantener relación alguna con el padre si permanecían bajo la custodia de la madre, y que continuarían sufriendo daño psíquico si permanecían con ella. Su visión negativa respecto a su padre era absolutamente desproporcionada respecto a la realidad.

El tribunal reconoció que la madre había tenido éxito en causar la alienación parental de los niños respecto de su padre, hasta tal punto que ellos no sólo deseaban dejar de tener visitas frecuentes y regularmente, sino que no deseaban en absoluto saber nada de el.

Concedió al padre la custodia exclusiva y suspendió su derecho de visita. El tribunal no basó su decisión específicamente en la concurrencia del SAP. En vez de eso, se basó en la ley aplicable al caso, que requiere al padre custodio a fomentar la relación de los hijos con el no custodio, asegurando el acceso de este último a los hijos (5), y señalando que el interferir en la "relación con el padre custodio resulta claramente tan inconsecuente con los mejores intereses de los hijos como para plantearse per se la seria posibilidad de la no-idoneidad de quien la fomenta" (6).

Apoyo las tesis del Profesor Warshak (7) de la Universidad de Texas, cuando nos dice que “no existe controversia sobre el hecho de que algunos niños sufren ciertamente el alejamiento o alienación del otro progenitor tras el divorcio, alejamiento que no tiene su base en la historia previa de las relaciones entre el padre y el niño. Y que a menudo el otro progenitor contribuye al alejamiento a través de una amplia gama de manipulaciones. Si el niño sucumbe o no a estas manipulaciones y si, en tal caso, puede aplicarse el diagnóstico de SAP para describir la perturbación que el niño sufre, hay acuerdo en la literatura científica en el sentido de que está muy claro que exponer al niño a la hostilidad no resuelta de sus padres le produce un gran stress (Emery, 1982; Grych &Fincham, 1990; Kurdek & Berg, 1983; Shaw & Emery, 1987) (8, 9, 10 y 11).

Sigue afirmando el Profesor Wrashak que Carwright (12) mostró que los desacuerdos financieros, así como otros relativamente triviales, también pueden provocar SAP.

En otro orden de cosas, es interesante destacar que según mi experiencia profesional, he detectado que el SAP suele darse con muchísima frecuencia cuando uno de los progenitores contrae nuevo matrimonio, o constituye una nueva pareja, especialmente cuando quien lo hace es el progenitor no custodio, en la mayoría de los casos el padre.

Este fenómeno se incardina dentro de lo Reich (13) definió como motivo fingido, que consiste según su teoría en manifestar que la propia rabia surge de la preocupación sobre los trastornos que el nuevo matrimonio puede causar a los hijos.

Así Reich en 1.949 nos dice que "el verdadero motivo es la venganza de la pareja, robándole el placer del hijo" y que "La carencia de cualquier consideración hacia el niño se expresa en el hecho de que el amor del niño por el otro miembro de la pareja no se tiene en cuenta en absoluto".

Esto es, que ya desde 1949, hace mas de 60 años, que se viene estudiando este fenómeno del SAP.

Nos dice Wrashak (7) que el progenitor alienador que vuelve a casarse, en la mayoría de los casos estudiados, han resultado ser las madres con custodia exclusiva sobre sus hijos, que existen tres dinámicas claves, adicionales a la búsqueda de la venganza que, a menudo, desata los intentos para alejar al niño del padre.

1.- El deseo de eliminar la influencia del otro padre en la vida del hijo, para "hacerle hueco" al padrastro.

2.- Sentimientos de competitividad entre el ex esposo y el padrastro.

3.- Los intentos de la nueva pareja de unirse frente a un enemigo común.

Los progenitores que vuelven a casarse, en la mayoría de los casos la madre, a menudo creen que ahora es cuando tienen el contexto de familia perfecta en el que criar a sus hijos. Pero una cosa cuestiona esta imagen: el antiguo esposo. Y ahí comienza la manipulación de los hijos.