Padres y Madres Separados

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Economía del Divorciado Español del Siglo XXI

ECONOMÍA DEL SEPARADO

Comenzaré con algunas reflexiones en torno al convenio de separación:

1ª Cuándo un juez firma sentencia de separación y ratifica el convenio que presentamos de mutuo acuerdo en el que se especifica la pensión por alimentos o dictamina por contencioso una pensión por alimentos, automáticamente, estamos obligados a pasar mensualmente esa pensión?peeero también el otro progenitor está obligado, judicialmente, a proporcionar todo lo que se incluye en el concepto alimentos.

Así pues, mucho cuidado con las que nos pretendan chantajear... "que si este mes no me das más dinero, no podré pagar la luz o no podrán comer los niños..o?" Pues bien, ese es el momento de recordarles que están "obligadas judicialmente".

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Por supuesto, nosotros tenemos que pasarle puntualmente la pensión y de no hacerlo, nos pueden meter en la cárcel, pero el progenitor custodio está obligado a cumplir con lo suyo. Esto puede parecer de Perogrullo, pero no lo es ya que si uno pasa la pensión y el otro no cumple, esto ha de ser objeto de denuncia inmediata ante el juez.

2ª Otra cuestión al respecto es que los enseres y objetos personales de nuestros hijos, son de ellos. O sea, que el custodio no se puede negar a que, por ejemplo, un fin de semana, se lleven un juguete o la play o los libros del cole… y además si son menores están obligadas a hacerles la maleta con ropa suficiente y en condiciones.

3ª Para los que tenemos un régimen de visitas "standard" (vacaciones por mitad y fines de semana alternos), solo deberíamos pasar 6 mensualidades por alimentos al año. ¿Os parece una barbaridad esto?

Bien, poned atención y hagamos números. Si contamos los días que, al año, convivimos con nuestros hijos entre fines de semana, vacaciones de navidad, semana santa y verano, más algún puente…observamos que más o menos son 90 días, o sea 3 meses al año somos progenitores custodios y sin embargo no percibimos nada por ello.

Lo justo sería que solo pasáramos 9 mensualidades, pero claro además en esos 3 meses que tenemos a nuestros hijos, lo justo también seria, que nos pasaran la mensualidad a nosotros. ¿No? Es decir, que evitando el trámite de que nos pasaran esas 3 mensualidades, con pasar 6 meses de pensión estaríamos en paz. Sin embargo, injustamente (para nosotros) pasamos 12. (Yo sólo 11). Ya sé que esto no es tan sencillo, que está el tema de la ropa, el material escolar…etc. Pero tampoco resultaría tan complicado considerar estos gastos como "extraordinarios" y pagarlos a medias desde una cuenta a nombre de los hijos.

4ª Opino que a partir de ahora tenemos que empezar aconsejar a los futuros separados que negocien convenios diferentes a lo standard, que sean más justos y eso aunque no tengamos la CC. Incluso los ya separados que quieran divorciarse y aprovechen la ocasión para solicitar un cambio de medidas.

Tengamos en cuenta que un juez, difícilmente dictaminará en contra de los acuerdos tomados de forma mutua.

La cuestión está en no tener prisa al negociar el convenio, nunca tener un mismo abogado para los dos, por muy buen rollo que haya, al final a los hombres nos sale muchísimo más caro y por último mantenernos en nuestras posturas si son justas y no ceder.