Padres y Madres Separados

Ayuda práctica, jurídica y psicológica padres, madres, separados, divorciados e hijos

PADRES SEPARADOS:cuando uno obstaculiza la relación del otro con el hijo

Experiencia y literatura local y extranjera

por Eduardo José Cárdenas y Marta Albarracín [1]

1. Enfoques sobre la separación y el divorcio
Ha transcurrido medio siglo desde que la separación y el divorcio de los esposos comenzaron a vivirse masivamente y a estudiarse. Tiempo suficiente para que los enfoques ideológicos, las expectativas y las conductas hayan variado, al menos parcialmente.

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3. La evaluación y el abordaje en los casos de obstaculización

A. Cuando es hecha por el padre o la madre sin participación activa del hijo

I. La evaluación

En ocasiones el Tribunal designa profesionales para efectuar evaluaciones en casos de obstaculización del contacto entre padres e hijos. A menudo estas evaluaciones se originan en denuncias judiciales presentadas por el progenitor que convive con el hijo contra el otro, y el profesional debe dictaminar si son verdaderas o falsas.

Diversos autores destacan la necesidad de analizar el contexto en el que surgen las denuncias de violencia, descuido o abuso sexual, que son frecuentes en los divorcios destructivos. Si el contexto es fuertemente adversarial, si el que denuncia tiene hostilidad previa hacia el denunciado o si ha hecho intentos anteriores de obstaculizar las visitas, es preciso proceder con mucho cuidado antes de aplicar una medida que resulte destructiva de los vínculos familiares. Hay evidencia de que en una gran proporción de casos, la excesiva judicialización de las denuncias redunda en mayor daño para la presunta víctima que su resolución por otros medios.

Igualmente, hay diversos hallazgos empíricos que indican que las denuncias de abuso sexual surgidas durante la convivencia de la pareja tienen mayor probabilidad de resultar veraces que las surgidas en el contexto del litigio por visitas o tenencia (Schetky & Benedek, 1985; Albarracín, 2000). La cualidad destructiva del divorcio entraña entre otros indicadores la exclusión de personas, específicamente de uno de los progenitores y sus allegados (Albarracín, Berjman y Albarracín, 1991).

No debe pues tomarse ingenuamente una denuncia en tales circunstancias, dado que puede estar al servicio de obstaculizar de manera definitiva los contactos parento-filiales, cuando otros recursos han fallado.

Las medidas solicitadas en estos casos por el denunciante, apoyadas frecuentemente por los equipos de profesionales de salud mental, consisten en suspender las visitas, hasta tanto se complete la evaluación, y a menudo la prohibición de todo contacto entre el denunciado y la presunta víctima, personal, telefónico o postal. Aun se logra la prohibición del contacto del denunciado con escuela, psicólogos y médicos. Ahora bien, no se tiene en cuenta que:

§ La evaluación, contra todas las normas del arte, suele demandar en nuestro medio meses y hasta años, y por lo general no incluye al denunciado;

§ El argumento de los equipos profesionales para recomendar la supresión de contactos es el de evitar presiones del denunciado sobre la presunta víctima, pero, inexplicablemente, se desdeñan las presiones que provienen del bando del denunciante, que pueden consistir en franco entrenamiento, amenazas, inducción de culpa en el niño y sugestivos interrogatorios de profesionales; y

§ Mientras se mantiene la suspensión de visitas, se deteriora irremediablemente la relación entre el niño y el denunciado, y se desarrolla el temor y el rechazo de tal modo que suele ser irrecuperable.

En cualquier caso, la denuncia debe ser encarada por los profesionales con un estudio previo de los antecedentes, para luego evaluar individual e interaccionalmente al grupo familiar. Pero mientras esto ocurre, la adopción de medidas precautorias debe ponderarse en función de su costo-beneficio. Algunas alternativas como éstas deben considerarse:

§ ¿Pueden mantenerse visitas con el denunciado, asistidas o no, por un breve lapso, mientras se sustancia la evaluación?

§ ¿Conviene emplazar al niño, por un lapso breve, en un hogar transitorio, para librarlo de previsibles presiones de ambos lados?

§ ¿Pueden los equipos profesionales comprometerse a una definición a corto plazo sin sacrificar la calidad de su trabajo, e incluso mejorándola?

§ ¿Debe separarse al niño de uno o ambos progenitores por tiempo indefinido, si la gravedad del caso lo justifica? Y en tal caso,

§ ¿Conviene suspender las visitas de uno o de ambos, y por cuánto tiempo? Como éstas, pueden formularse otras alternativas, que deben estar abiertas en la mente de los jueces y de los equipos profesionales.

II. El abordaje

El modelo de abordaje terapéutico de red ha demostrado ser más eficaz que las terapias convencionales en la abreviación de los conflictos, en la disminución de síntomas de adultos y niños y en la ocurrencia de nuevos incidentes policiales y judiciales (Albarracín, Berjman y Albarracín, 1992). Tal modelo involucra a todas las personas relevantes, sin excluir a los que han sido acusados de alguna forma de violencia. Algunas de las técnicas que emplea se describen a continuación.

Estudio de las actuaciones judiciales y de toda otra documentación (como informes médicos, psicológicos o escolares) Esto permite apreciar el grado de hostilidad empleada en el conflicto y la disposición de las partes a cumplir con los acuerdos y con las resoluciones del Tribunal. En muchos casos los protagonistas del conflicto no tienen noción de la repercusión que sus conductas o escritos tienen sobre la contraparte, y en otros ni siquiera recuerdan el contenido de los escritos presentados. Este análisis puede determinar que se destine la primera etapa de la intervención a la revisión de las actuaciones junto con las partes para que reflexionen sobre el grado de agresividad, exageración o falsedad de cada uno.

Contactos telefónicos y/o personales con los progenitores

Se establecen a fin de evaluar sus expectativas y grado de cooperación. Además, con los profesionales (letrados, psicólogos) para apreciar su objetividad y su actitud hacia el trabajo en red.

La evaluación del conflicto

Iniciada la intervención, se explora con cada miembro de la familia la historia familiar e individual, la historia de la pareja, los antecedentes de violencia o abuso, la dimensión del apoyo social con que cuentan los adultos, eventuales trastornos en su sexualidad, los trastornos de personalidad, la presencia de psicopatología grave, el grado de mentira o simulación , el grado de conflicto interpersonal y la habilidad parental de cada progenitor. En esta tarea se emplean con frecuencia instrumentos psicológicos específicos, preferentemente aquéllos que cuenten con métodos de valoración cuantitativos, que los ponen a salvo de la subjetividad del evaluador.

Reparar la trama familiar dañada

Si de la evaluación surge que se trató de una falsa denuncia, se impone reparar cuánto antes las lesiones sufridas por la estructura familiar. Cuando la interrupción de los contactos entre los hijos y el acusado ha sido prolongada, los niños suelen resistirse a verlo. Su resistencia se apoya en:

§ El temor a ser secuestrados, generalmente infundido por el denunciante;

§ El temor a la revancha del denunciado cuando han sido inducidos a mentir;

§ El temor a haber dañado sin remedio su relación con el acusado. La iniciación inmediata de los encuentros es el mejor remedio para este tipo de “fobias”, porque permite una constatación directa de la realidad. Generalmente estos encuentros se inician en un ámbito terapéutico, pero rápidamente pueden organizarse salidas que faciliten la espontaneidad y la intimidad de la relación. El progenitor que debe encarar la reanudación de contactos con su prole es entrenado para evitar toda confrontación con los niños y para demostrar con hechos que no guarda rencor y no corren peligro.