Padres y Madres Separados

Ayuda práctica, jurídica y psicológica padres, madres, separados, divorciados e hijos

Amnistía Infantil formula una QUEJA al C.G.P.J.

Queja al CGPJ sobre la presunta Quiebra de la Apariencia de Imparcialidad debida del Juez.

La Asociación Gallega de PAdres y MAdres Separados suscribe la queja también.

Publicado el

SEGUNDO.-
Respecto de la institución mencionada en la segunda noticia, el CARRMM, y que al parecer se pretende presentar ante el PODER JUDICIAL como modélica y cuya directora imparte cursos de formación a jueces, queremos señalar
a) que se trata de una institución regida por una asociación privada, que defiende intereses privados ante los tribunales, mediante letrados que trabajan para la misma, y en algunos casos familiares de la propia directora del centro, como es el caso de Javier Lucena, yerno de la directora y de Mar Abril, hijo de la misma.

b) Que está ampliamente acreditado, incluso ante los tribunales, que el ingreso de muchas mujeres en el mismo se realiza sin que necesidad de que tengan la condición jurídica de maltratadas, salvo el certificado de dudosa validez firmados por la propia directora del centro, o incluso, como en otros casos, sin necesidad de que haya mediado denuncia alguna, tal como la ciudadana Ana Mª Pérez del Campo pidió públicamente en Onda Cero y tal como señalaron las propias trabajadoras, sin que hayan pasado de forma transparente examen alguno, y otras, con informes presuntamente fraudulentos, como los realizados por Dª Sonia Lamas, tal como se desprende del caso de José Luis, y en otros que conocemos y exigiendo siempre que no vean al padre, implicando incluso personalmente a Ana Mª Pérez del Campo.

c) Sin embargo ese ingreso, incluso cuando es indebido, genera una prueba periférica de maltrato, lo que quiere decir que la estancia en el centro es utilizada procesalmente incluso en causas penales y puede contribuir y contribuye a la condena de hombres inocentes, aspecto este, que junto a las ventajas que la ley ofrece en los casos previstos para las victimas de maltrato, sirven de móvil para estas actuaciones fraudulentas que denunciamos, y que se suman a la ya conocida utilización de la denuncia como medio de obtener ventajas procesales en la jurisdicción de familia.

TERCERO.-
Respecto de la denuncia mencionada en la primera de las noticias, se recogen en ella informes realizados por Dª Mª T F P, de la que conocemos otros informes sobre casos diferentes en los que con una carencia absoluta de rigor metodológico y científico, vulnera presuntamente múltiples artículos del Código Deontológico (entre otros los artículos 18 y 48) haciendo además, afirmacioness carentes de fundamento contra el padre, siempre sin haberlo visto.

Estos informes están desacreditados, tanto por otros informes, como por sentencias, y como poco incurrirían en dos irregularidades graves: pronuniciarse en forma de ataque desmesurado contra el progenitor masculino si haberle visto, y mezclar terapia con informes psicosociales, y que de sus propios términos, en los casos en que no se acredita maltrato alguno, podrían estar incurriendo en lavado de cerebro a menores.

Este tipo de informes se insertarían en actuaciones en las que están implicadas al menos alguna de las asociaciones firmantes, como Themis y la Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas, lo que nos hacen temer por la existencia de algún tipo de trama que promueva o utilicen denuncias no fundadas (o en su caso sin más falsas) para obtener, entre otras cosas y como mínimo, ventajas en el jurisdicción de familia, denuncias que se apoyan en estos informes mencionados que ponen de manifiesto hechos no fundados, y usando métodos no avalados científicamente, y si siguiendo lo que podríamos denominar, guión de denuncia infundada de género, de carácter más bien géneríco y acientífico.