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Presenta nueve denuncias falsas por maltrato contra su ex marido

EIVISSA | S. PARRA

La mujer fue condenada por presentar ocho acusaciones infundadas en tres meses, además de por haber maltratado a su ex pareja durante una discusión

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La Fiscalía de Eivissa desestimó el sábado pasado continuar el proceso contra un hombre que había sido acusado por su ex pareja de golpearle en el pecho produciéndole un pequeño hematoma, al no aportar testimonios fiables sobre los hechos, y al comprobar que la denunciante había presentado cerca de una decena de denuncias falsas contra su ex marido desde el verano de 2004.

Según explicaron fuentes judiciales, los dos testigos que aportó la mujer, G.M.T.D., no ofrecieron unas declaraciones suficientemente fiables de lo sucedido el jueves pasado en la puerta de la vivienda del hombre en Sant Joan.

Según la denunciante, el hombre le había golpeado después de que, al ir a devolver a su casa el hijo que tienen en común, el pequeño se hubiera lastimado en un dedo.

La falta de credibilidad dada a las declaraciones estuvo también relacionada con el historial de denuncias presentadas por la mujer, que diferentes juzgados desestimaron y que llevaron, incluso, a que la mujer fuera condenada el 24 de octubre de 2005 a pagar 3.240 euros por un delito de acusación y denuncia falsa. En aquella resolución, dictada por la titular del Juzgado de lo Penal número 1, se recogían las ocho denuncias que había presentado la mujer en tres meses en 2004 y que se habían saldado con siete sobreseimientos y una condena a G.M.T.D., al considerar probado que era ella la que había agredido al acusado, con el que estaba en proceso de separación.

Las razones por las que se sobreseyeron las causas iban desde las contradicciones en sus testimonios, hasta la falta de partes médicos que avalaran sus acusaciones sobre las presuntas agresiones, pasando por las declaraciones de testigos que negaban los hechos que ella describía.

Además, en ninguno de estos procedimientos la denunciante solicitó que se aplicara una orden de protección.

La resolución de la magistrada Clara Ramírez destacaba que «la credibilidad que otorga la ley a las víctimas de los delitos de maltrato en el ámbito familiar, en aras de proteger a las verdaderas víctimas de estos delitos, no puede convertirse en arma arrojadiza en cualquier situación de crisis de pareja».

http://www.diariodeibiza.es/secciones/noticia.jsp? pIdNoticia=104594&pIdSeccion=2&pNumEjemplar=2676&pFechaEjemplar=null