Violencia doméstica: una opinión de peso.
Artículo Opinión - El Mundo
Maria Sanahuja, Jueza Decana de Barcelona y miembro de Jueces para la Democracia
EL PROYECTO DE LEY DE DIVORCIO Y EL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, DOS FILOSOFIAS CONTRADICTORIAS
Voy a hacer uso de mi derecho a la libertad de expresión en el convencimiento
de que hablando la gente se entiende, y de que sólo evidenciando todos los
ángulos de un problema pueden encontrarse algunas soluciones al mismo.
Espero que este articulo no provoque las reacciones violentas e intolerantes
que se generaron a raíz de la presentación de la memoria del decanato de
BCN el pasado mes de mayo, anunciando que voy a abundar en la lectura de
la realidad que insinué en aquella ocasión.
Publicado el
Puesto que no parece que se cuente con un estudio riguroso de qué porcentaje
de asuntos, actualmente tramitados por los Juzgados de Familia, Mixtos, y de
Instrucción, pasarán a los Juzgados de Violencia, pero en aplicación de una
legislación penal que tipifica como delito muchas conductas que se producen
con frecuencia en el curso de un proceso de ruptura de pareja, parece obvio
que se desplazaran a esos Juzgados el grueso de los procesos de familia
contenciosos.
Desde la óptica de un Juzgado de Instrucción –ahora de violencia-, el Juez contaminado por la investigación tendrá que dictar sentencia en el proceso de familia, en el que a una de las partes, o a ambas, se le están imputando delitos, lo cual dificulta enormemente la tarea mediadora y pacificadora del conflicto que, el juez de familia está en mejores condiciones de realizar.
Por otra parte, la implementación de cualquier política debe contar con la disposición de los agentes que deben llevarla a cabo, y en este caso no se ha realizado estudio alguno que permita saber con qué número de Jueces y Magistrados se cuenta, con predisposición a asumir este tipo de Juzgados, en las condiciones de incertidumbre actuales, y conociendo la experiencia negativa de los Juzgados de Elche, Orihuela y Alicante, en los que se realizó un ensayo.
Al Juez no se le puede dejar, como está en este instante, en múltiples ocasiones, sólo ante las exclusivas manifestaciones de las partes. Al Juzgado de Instrucción deben ser llevados medios que permitan la toma de decisiones con conocimiento de causa. Y me refiero a iniciativas como la planteada por la Secretaria de Serveis Penitenciaris, Rehabilitació i Justicia Juvenil, de la Generalitat de Catalunya, que ha realizado un Proyecto que en breve se pondrá en práctica en el Juzgado de Guardia de Barcelona, con la idea de hacerlo extensivo al resto del territorio, de asesoramiento técnico en materia de violencia doméstica.
Pero la situación actual es que el Juez debe decidir, sin conocer, y sin posibilidad de errar, y ello ciertamente no es factible. Ya son muchos los compañeros que se quejan de que nos han convertido en una especie de consejeros sentimentales, y ciertamente esa no es nuestra función. Al Juzgado de guardia deben llegar, o en el deben poder diferenciarse, las situaciones realmente graves para proteger efectivamente a las mujeres que están en riesgo.
Las relaciones hombre-mujer, y los problemas que de ellas surgen, ya no pueden abordase como si no se hubieran operado los cambios profundos en la sociedad española que se han dado a partir de los años 70. La progresiva equiparación en el ordenamiento juridico de derechos para ambos sexos, junto a la masiva incorporación de la mujer al mundo laboral, permite alcanzar el primer escalón, el de la independencia económica, necesario para superar los roles de dominación. La decisión de millones de mujeres en España, en los últimos años, de no centrar su vida exclusivamente en la procreación, decidiendo no tener hijos, o muy pocos, nos ha permitido dar el salto al mundo laboral.
Y nos queda todavía mucho trecho por recorrer hasta alcanzar la suficiente independencia emocional que nos permita relacionarnos a las personas en condiciones de respeto e igualdad.
Es cierto que estamos en un momento de tránsito en el que los nuevos roles no están claros. Si queremos superar el modelo de caverna –él caza, ella se ocupa de la prole-, hemos de impedir especialmente las discriminaciones salariales existentes y el acceso a puestos de responsabilidad que, las mujeres no podremos alcanzar si persistimos en asumir en solitario la crianza de los hijos.
Por ello, el nuevo modelo a alcanzar mayoritariamente, por el bien de nuestros hijos, para que se relacionen con ambos progenitores, y ambos puedan contribuir a aportar los valores culturales y de socialización necesarios, y por el bien de las mujeres, para que dispongan del tiempo absolutamente necesario para su realización personal y profesional, el nuevo modelo tras una ruptura con hijos menores comunes debe ser la guarda y custodia compartida.
Los hijos se beneficiarian de una carrera de relevos, de una educación en la pluralidad , y no en el pensamiento único.
Desde la óptica de un Juzgado de Instrucción –ahora de violencia-, el Juez contaminado por la investigación tendrá que dictar sentencia en el proceso de familia, en el que a una de las partes, o a ambas, se le están imputando delitos, lo cual dificulta enormemente la tarea mediadora y pacificadora del conflicto que, el juez de familia está en mejores condiciones de realizar.
Por otra parte, la implementación de cualquier política debe contar con la disposición de los agentes que deben llevarla a cabo, y en este caso no se ha realizado estudio alguno que permita saber con qué número de Jueces y Magistrados se cuenta, con predisposición a asumir este tipo de Juzgados, en las condiciones de incertidumbre actuales, y conociendo la experiencia negativa de los Juzgados de Elche, Orihuela y Alicante, en los que se realizó un ensayo.
Al Juez no se le puede dejar, como está en este instante, en múltiples ocasiones, sólo ante las exclusivas manifestaciones de las partes. Al Juzgado de Instrucción deben ser llevados medios que permitan la toma de decisiones con conocimiento de causa. Y me refiero a iniciativas como la planteada por la Secretaria de Serveis Penitenciaris, Rehabilitació i Justicia Juvenil, de la Generalitat de Catalunya, que ha realizado un Proyecto que en breve se pondrá en práctica en el Juzgado de Guardia de Barcelona, con la idea de hacerlo extensivo al resto del territorio, de asesoramiento técnico en materia de violencia doméstica.
Pero la situación actual es que el Juez debe decidir, sin conocer, y sin posibilidad de errar, y ello ciertamente no es factible. Ya son muchos los compañeros que se quejan de que nos han convertido en una especie de consejeros sentimentales, y ciertamente esa no es nuestra función. Al Juzgado de guardia deben llegar, o en el deben poder diferenciarse, las situaciones realmente graves para proteger efectivamente a las mujeres que están en riesgo.
Las relaciones hombre-mujer, y los problemas que de ellas surgen, ya no pueden abordase como si no se hubieran operado los cambios profundos en la sociedad española que se han dado a partir de los años 70. La progresiva equiparación en el ordenamiento juridico de derechos para ambos sexos, junto a la masiva incorporación de la mujer al mundo laboral, permite alcanzar el primer escalón, el de la independencia económica, necesario para superar los roles de dominación. La decisión de millones de mujeres en España, en los últimos años, de no centrar su vida exclusivamente en la procreación, decidiendo no tener hijos, o muy pocos, nos ha permitido dar el salto al mundo laboral.
Y nos queda todavía mucho trecho por recorrer hasta alcanzar la suficiente independencia emocional que nos permita relacionarnos a las personas en condiciones de respeto e igualdad.
Es cierto que estamos en un momento de tránsito en el que los nuevos roles no están claros. Si queremos superar el modelo de caverna –él caza, ella se ocupa de la prole-, hemos de impedir especialmente las discriminaciones salariales existentes y el acceso a puestos de responsabilidad que, las mujeres no podremos alcanzar si persistimos en asumir en solitario la crianza de los hijos.
Por ello, el nuevo modelo a alcanzar mayoritariamente, por el bien de nuestros hijos, para que se relacionen con ambos progenitores, y ambos puedan contribuir a aportar los valores culturales y de socialización necesarios, y por el bien de las mujeres, para que dispongan del tiempo absolutamente necesario para su realización personal y profesional, el nuevo modelo tras una ruptura con hijos menores comunes debe ser la guarda y custodia compartida.
Los hijos se beneficiarian de una carrera de relevos, de una educación en la pluralidad , y no en el pensamiento único.