Padres y Madres Separados

Ayuda práctica, jurídica y psicológica padres, madres, separados, divorciados e hijos

Violencia doméstica: una opinión de peso.

Artículo Opinión - El Mundo

Maria Sanahuja, Jueza Decana de Barcelona y miembro de Jueces para la Democracia

EL PROYECTO DE LEY DE DIVORCIO Y EL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, DOS FILOSOFIAS CONTRADICTORIAS

Voy a hacer uso de mi derecho a la libertad de expresión en el convencimiento de que hablando la gente se entiende, y de que sólo evidenciando todos los ángulos de un problema pueden encontrarse algunas soluciones al mismo. Espero que este articulo no provoque las reacciones violentas e intolerantes que se generaron a raíz de la presentación de la memoria del decanato de BCN el pasado mes de mayo, anunciando que voy a abundar en la lectura de la realidad que insinué en aquella ocasión.

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Entre un Proyecto y el otro existe una visión de los conflictos que se plantean en las relaciones afectivas y familiares radicalmente distinta, y ofertan soluciones tan absolutamente contradictorias, que difícilmente pueden convivir en el mismo ordenamiento jurídico.

La exposición de Motivos del Proyecto de Ley de Divorcio parte del respeto “al libre desarrollo de la personalidad”, lo que “justifica reconocer mayor trascendencia a la voluntad del individuo cuando ya no desea seguir vinculado con su cónyuge”. Parte del respeto a las personas, del principio de libertad de los cónyuges para decidir voluntariamente, como ya no puede ser de otro modo, la continuación o no de su convivencia.

Cuestión distinta son las consecuencias que el cese de la misma debe conllevar, en función del desequilibrio que pueda comportar en relación con la posición del otro.

En cuanto a los hijos, la exposición de motivos alude insistentemente a que en el ejercicio de la patria potestad y la guarda y custodia, todos, padres, jueces, etc.,deben procurar que tengan una relación fluida con ambos progenitores, evitando imponer trabas o dificultades que no estén amparadas en serios motivos, y potenciando el principio de corresponsabilidad en el ejercicio de las potestades, para evitar que los hijos sufran innecesariamente un perjuicio en el desarrollo de su personalidad.

Por ello se alude a la mediación como procedimiento extrajudicial adecuado, aunque lamentablemente no hace referencia a ella en su articulado. Y en el nuevo art. 92 del Código Civil que se propone se menciona, ya explícitamente, la guarda compartida, como forma de fomentar la corresponsabilidad.

Pues bien, al tiempo que se tramita un Proyecto de Ley de divorcio en el que se manifiesta un enfoque pacificador del conflicto, el Proyecto de Ley Integral, insiste en la criminalización de las acciones de exteriorización de los conflictos, por leves que sean, en el ámbito las relaciones afectivas y familiares. Valoro muy positivamente el que se aborden en una Ley integral los distintos aspectos que interactúan en un fenómeno complejo como es la violencia contra las mujeres.

Es inaplazable el trabajo en el ámbito educativo, de la publicidad y medios de comunicación, sanitario, asistencia social, tutela de los derechos laborales –aquí el proyecto podría ser más ambicioso-, etc... Continuar en la línea iniciada por los Gobiernos anteriores, en las últimas reformas del Código Penal, haciendo extensivo su alcance hasta límites intolerables, no parece que vaya a ofrecer solución al problema.