Padres y Madres Separados

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Anteproyecto de Ley de Divorcio

Lo que piensa ConPapáyMamá del anteproyecto y nuestras aportaciones.

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1-1- PARA LOGRAR ESTE OBJETIVO SON NECESARIOS ADEMÁS LAS SIGUIENTES MEDIDAS QUE PROPONEMOS:

a- Añadir una disposición transitoria en la ley, de modo que los que han accedido a la separación puedan tener la condición de divorciados si así lo desean.

b- Reconocimiento de la posibilidad de enviar el juez a mediación familiar a las partes.

c- La penalización de las denuncias falsas o malintencionadas.
En el caso de que una denuncia por maltrato o de otro tipo sea archivada o se absuelva al imputado el denunciante vendrá en la obligación de resarcir al perjudicado por los daños y perjuicios ocasionados.
Todas las medidas que se hubieran podido tomar basándose en estas denuncias serán revisadas.

d- En el caso de que ambas partes soliciten sólo la separación, determinar que plazo deberá pasar para que pueda solicitar el divorcio si así lo deciden.

e- Aclaración del párrafo 15 “no hayan atendido a sus requerimientos de modificación..”
Aclarar a qué requerimiento se hace mención, si es al plazo de 15 de días marcado por el Fiscal en un convenio regulador presentado de mutuo acuerdo u otra circunstancia.

f- La determinación de medidas provisionales será solo a petición de parte.

2- RECONOCIMIENTO DEL DERECHO DEL MENOR A RELACIONARSE CON AMBOS CONYUGES.

Para ello el anteproyecto plantea:

-Que las medidas judiciales serán adoptadas tras oírles, si tuvieran suficiente juicio, y siempre cuando sean mayores de 12 años.

-Que los padres podrán acordar en el convenio regulador o el juez podrá decidir a falta de acuerdo, el ejercicio conjunto o de parte, de la patria potestad.
Así como privar de la misma cunado haya motivos.

-Que la guardia y custodia de los hijos podrá ser conjunta siempre que haya acuerdo al respecto. Que a falta del mismo, y siempre a instancia de parte, el juez podrá decidir que la misma sea ejercida por uno solo de ello o conjunta, procurando no separar a los hermanos.

2-1- PARA LOGRAR ESTE OBJETIVO ES FUNDAMENTAL ARTICULAR MEDIDAS DE COOPARENTALIDAD QUE IGUALEN LA RESPONSABILIDAD PARENTAL ENTRE MADRE Y PADRE.

Por todo ello entendemos:

- Que las medidas propuestas son muy genéricas y pueden dar lugar a una mayor conflictividad.

- Que la patria potestad es un derecho y un deber irrenunciable.

Por todo ello proponemos:

a- Unificar Patria potestad y guardia y custodiaren un solo concepto, denominado guardia y custodia compartida.
En este concepto se incluye un plan concreto de coparentalidad individual, con las medidas concretas para garantizar su cumplimiento.
En dicho plan de coparentalidad deberá reflejarse el lugar de residencia bien alterno, bien en el domicilio de uno de los cónyuges, así como el régimen de convivencia del menor y los aspectos relativos al ejercicio de la parentalidad.

Este plan podrá ser acordado por las partes o fijado por el juez a petición de una de las partes.

b- En caso de desacuerdo:

· Guardia y Custodia Compartida transitoria

Si uno de los progenitores lo solicita, o en caso de desacuerdo entre ambos respecto al modo de residencia del niño el juez podrá ordenar con carácter provisional una residencia alterna durante un periodo determinado.

Al término de este plazo el juez emitirá un fallo definitivo sobre la residencia alterna del niño en el domicilio de cada uno de los padres o la residencia en el domicilio de uno de ellos y la convivencia con el otro.