Padres y Madres Separados

Ayuda práctica, jurídica y psicológica padres, madres, separados, divorciados e hijos

Reconocimiento de Paternidad extramatrimonial

Se alega que la Audiencia se había basado en el argumento erróneo de que la paternidad extramatrimonial si no existe posesión de estado sólo puede ser reclamada por el hijo, sin tener en cuenta que la doctrina de esta Sala ha establecido una ampliación de la norma del artículo 134 del Código Civil respecto a legitimación activa, reconociéndosela también en dicho supuesto al progenitor.

Publicado el

FALLAMOS_

Se declara haber lugar al recurso de casación interpuesto por D. J.A.C. contra la sentencia dictada el 26 de octubre de 1999 por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Granada, conociendo en grado de apelación de los autos de juicio de menor cuantía n° 182/96 procedentes del Juzgado de Primera Instancia n° 1 de los de Loja, resolución que se casa y anula._

Y acordamos declarar la nulidad de lo actuado en los mencionados autos a partir del auto de fecha 20 de julio de 1998, incluida esta resolución, a fin de que por el Tribunal de apelación, previa designación de defensor judicial que asuma la representación de la menor E.M.L.D. , dicte nuevo auto acordando la práctica de la prueba pericial biológica que había sido admitida en primera instancia y prosiga con la sustanciación del recurso de apelación, dándose por válidas todas las actuaciones anteriores y pudiendo tener por reproducidas las pruebas ya practicadas._

No se hace declaración respecto a las costas causadas por el presente recurso, debiendo ser devuelto al Sr. Aguilera el depósito que había constituido. Líbrese a la mencionada Audiencia la certificación correspondiente de esta sentencia, con devolución de los autos y rollo de apelación en su día remitidos._

Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos:

Clemente Auger Liñán.- Román García Varela.­Xavier O'Callaghan Muñoz.- Jesús Corbal Fernández.- Antonio Romero Lorenzo.

Rubricados._ PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el EXCMO. SR. D. Antonio Romero Lorenzo, Ponente que ha sido en el trámite de los presentes autos, estando celebrando Audiencia Pública la Sala Primera del Tribunal Supremo, en el día de hoy; de lo que como Secretario de la misma, certifico.