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Malos Tratos: la ley del embudo

Un vecino de Gijón presenta una queja contra una juez por un caso de malos tratos

MIGUEL BARRERO/GIJÓN
EL COMERCIO

DENUNCIANTE. José Ramón Estévez. /

José Ramón Estévez, vecino de Gijón, presentó el pasado 29 de agosto en la Unidad de Atención al Ciudadano del Consejo General del Poder Judicial una queja contra Soledad Ortega Francisco, magistrada del Juzgado de Instrucción número 2 de la ciudad.

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El demandante asegura que la juez «ha incurrido en diversos errores que son merecedores de los correspondientes recursos». El motivo de la protesta se remonta al 14 de enero de este año, cuando en el citado tribunal se celebró un juicio en el que Estévez fue parte implicada como víctima de faltas de lesiones, daños y amenazas.

Las causas se remontan hasta tres años atrás, cuando Estévez, su actual esposa y su hijo de siete años de edad comenzaron, según explica, a recibir insultos, acosos y hasta amenazas de muerte por parte de la ex mujer del demandante. Pero el hecho que desencadenó el juicio por el que ahora se presenta queja formal acaeció el 23 de enero de 2002, cuando José Ramón Estévez fue, según consta en la queja presentada formalmente ante Atención al Ciudadano, agredido por su ex mujer en la esquina de Donato Argüelles con Álvarez Garaya.

En el documento se explica que «esa tarde las respectivas abogadas de las dos partes en los procedimientos de familia nos habían comunicado una resolución (consecuencia de denuncias presentadas anteriormente) favorable a mis intereses con expresa imposición de costas a mi ex mujer».

Según se sigue explicando, Estévez se encontró con su ex mujer en el lugar antes citado de la ciudad y fue insultado y agredido por ella.

Tras poner la correspondiente denuncia, llegó la celebración de un juicio tras el que la magistrada redactó una sentencia en la cual se dice que «es inadmisible que quien acepta una discusión en la que los intervinientes emplean recíprocamente expresiones injuriosas pretenda luego el amparo del derecho penal».

Estévez argumenta que no hubo «discusión» sino «provocación», y , junto con su abogada, cree que los sucesos acaecidos constituyen falta de malos tratos. El demandante cree que la sentencia a la que finalmente se condenó a su ex mujer -consistente en el abono de 6 euros diarios durante veinte días- no responde a las circunstancias reales del caso.