Padres y Madres Separados

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¿Qué es la mediación familiar?

Esta mediación se aplica en asuntos de familia, incluyendo personas casadas y no casadas, antes y después de sentencias incluyendo la disolución del matrimonio, división de la propiedad, responsabilidad parental única o compartida, o alimentos, custodia y régimen de visitas.

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Estos casos de mediación familiar son la vía para la actualización de emociones muy poderosas, pues presentan temas fundamentales que están en crisis, tales como el matrimonio, los hijos y demás consideraciones emocionales o financieras no presentes de modo usual en otros casos en los juzgados civiles.

El mediador debe estar preparado para recibir y procesar estas emociones, que siempre estarán de una manera u otra presentes antes, durante y después de la sesión de mediación. Es posible suponer que las partes vienen con un alto grado de ansiedad y fantasías de soluciones mágicas, que se verán necesariamente frustradas por el enfoque de la mediación, que trabaja sobre temas concretos y manejables.

En los peores casos, el mediador será visto, sin estímulo de su parte, como un juez, un aliado, un enemigo o alguien a quien controlar o manipular. Sabiendo que estas fantasías son inevitables ayudará al mediador a concentrarse en los temas en los cuales sí es posible llegar a una solución concreta y tangible.

Pero la dedicación, el respeto y la escucha atenta del mediador ayudarán a las partes a ver en la mediación una ayuda limitada pero necesaria a sus problemas.

Las negociaciones en temas de familia son conducidas generalmente por las partes mismas. Puede haber un asesor legal que este presente en la sesión, y que asesore privadamente a su cliente, pero esta presencia es aleatoria. Se puede proceder sin consejo legal, salvo que haya advertencia del juez de proceder de otra manera.

ETAPAS Y ELEMENTOS DE LA SESION DE MEDIACION

Antes de la Sesión de Mediación:

1.a.La carta del mediador

Una vez que las partes han llamado y se les ha dado una fecha, el mediador empieza su tarea al enviarles por escrito una carta que tiene mas funciones que el fijar la fecha y confirmar que la sesión va a tener lugar en tal día a tal hora.

El propósito de la carta es hacer oficial la reunión, y educar a las partes en algunos de los aspectos de la sesión.

Esta carta está dirigida ya sea a las partes, o a sus abogados, (sí están representadas), o a ambos. La carta informa de los aspectos siguientes: