Padres y Madres Separados

Ayuda práctica, jurídica y psicológica padres, madres, separados, divorciados e hijos

Escrito al TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
EXCMO. SR. MINISTRO DE JUSTICIA
MADRID

Asunto: VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS ECONOMICOS DE LOS MENORES E HIJOS, EN GENERAL, DE MATRIMONIOS SEPARADOS Y DIVORCIADOS Y A PUNTO DE SEPARARSE O DIVORCIARSE

PETICIÓN EXPRESA DE LA RETIRADA DEL LIBRO:
LA SEPARACIÓN MATRIMONIAL, PUBLICADO POR EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Publicado el

Cuando en un convenio de lo que llaman de mutuo acuerdo, aunque insistimos debería ser, en el peor de los casos, de uno con el consentimiento del otro, se habla de que el trabajo que uno de los cónyuges dedicará a la atención de los hijos  es su contribución a las cargas, debemos añadir que los hijos se hacen mayores, y no necesitan tanto la ayuda de ningún padre, por tanto, según se van haciendo mayores los hijos las madres deben empezar a poner dinero para el mantenimiento de esos menores. Esto no se viene haciendo. Tampoco se viene poniendo que uno de los padres contribuirá con su trabajo. Estimamos que en los artículos 93 y 103-3º del Código Civil se habla de que hay que indicar lo que pone cada progenitor. Aunque no se contempla, con tanta claridad, en el artículo 90-C del Código Civil, estimamos se debe poner siempre.

Sobre la liquidación de gananciales, cuando un cónyuge es propietario de un bien, en todo o parte, notoriamente la vivienda familiar, y no puede utilizarla, cuando habría otras formas de solucionar estos temas, pues insistimos en la idea de que somos amenazados con maltratos en los juzgados y denuncias no necesarias, y, en muchos casos, falsas. Nuestros hijos son rehenes de estos malos hábitos, que no exige la ley, y lo recalcamos.

Hacemos notar que la esposa y madre que hoy expulsa al esposo y padre puede encontrarse con un problema personal grave dentro de unos años, en que no tendrá resuelto el problema de vivienda. Deben todos hacerlas esas reflexión, no los esposos y padres.

No sea la justicia medio de odio y venganza, y no de reflexión. Esa la crueldad que reciben nuestros hijos.

Sorpresa tenemos que el Boletín Oficial del Estado publique que la finalidad de la pensión compensatoria es evitar que la separación suponga para uno de los cónyuges un descenso en el nivel de vida que venía disfrutando durante el matrimonio. Lo que vemos es que había un matrimonio descompensado. Uno ponía mucho y otro quizá poco.

Profunda rabia nos produce que el Boletín Oficial del Estado no publique que busquen un mejor empleo, que trabajen más o que si con la separación y el divorcio van a peor, pues a lo mejor debieran reflexionar un poco, ya que nos tememos que hay mucho odio, en vez de reflexión, en estas decisiones.

La pensión que hoy exige una esposa puede ser una burla para la siguiente compañera o esposa de ese padre que expulsan hoy del domicilio familiar. Lo que recibe la madre no lo reciben los hijos del actual matrimonio, o de otra relación futura. También hemos de señalar que la herencia de esos hijos y otros se la puede llevar la primera madre, según se contempla en el artículo 101 del Código Civil. Excmo. Sr. Ministro, cuando en una familia interviene lo que Ud. llama justicia gratuita, que pasa una factura, una casa de acogida y no se soluciona el problema de trabajo de la madre, y Ud. no pone un Fiscal para dos menores, me temo que para esos niños es una broma de mal gusto esa publicación que ha hecho el Boletín Oficial del Estado. Le invitamos a comprobarlo.

No podemos tolerar que no se pongan que los dos progenitores están obligados a pagar los alimentos, pero en el convenio sólo se fija la pensión que ha de abonar el progenitor que no vive con los hijos pues se considera que la dedicación diaria que le dedica el progenitor con el que habita es su contribución a los alimentos. Hay que evitar esos malos hábitos.

No podemos permitir que publique eso el Boletín Oficial del Estado, primero porque consideramos que hay obligación legal de poner lo que va a aportar cada progenitor, si es trabajo se pone, pero nadie podrá alegar trabajo para los hijos de cierta edad, y sobre todo cuando se pueden emancipar o son mayores de edad. En esos casos hay que poner dinerito los dos, en igualdad, y que lo administren los hijos, cuando así se lo permite la ley, ya que las cuentas de los padres las pueden embargar, tanto el estado como particulares.

Muchas madres de hijos  menores emancipados o mayores de edad no ponen un euro, cuando deben poner tanto como el padre. Si no lo tienen, que lo trabajen, como hacen los padres, como se nos obliga a los padres.

Nos causa sorpresa cuando hablan de la ratificación del convenio. Muchos jueces no ven a ningún padre, en estos casos. Otra violación más de los derechos de todos. No publiquen mentiras en el Boletín Oficial del Estado. Nos hace mucho daño. Es más, en algún manual para oposiciones de la Administración de Justicia se pone que es ante un secretario judicial. En muchos casos una funcionaria.  Por favor, mentiras no con una imprenta del estado español, pudiendo afectar a nuestros hijos menores no emancipados.

Es muy duro que los menores pasen por un juzgado, cuando se ha pedido lo que no pide la ley y manifestado lo que no es necesario,  pero violamos todos sus derechos. Tienen derecho a ser oídos y tienen derecho a que los jueces les lean sus sentencias y autos en audiencia pública.

 

4.- La separación contenciosa. Ya hemos indicado que no creemos haber encontrado esta expresión ni en el Código Civil ni en la Ley de Enjuiciamiento Civil, por lo que si no lo han puesto los legisladores, nos oponemos a que lo ponga el Boletín Oficial del Estado. Estos detalles los exigimos. Es algo más que un detalle.

Nos tendrán que explicar Uds. que es eso del débito conyugal o la perdida del afecto marital, cuando no nos lo leen ni lo exigen al contraer matrimonio, nos negamos a que eso se publique por el Boletín Oficial del Estado.

Hablan las autoras de que los tribunales, en caso de separación contenciosa, no suelen conceder la guardia y custodia compartida.

¿ Ve el Excmo. Sr. Ministro y el Tribunal Constitucional a qué estamos sometidos los esposos y padres de este país  y el chantaje que se hace con nuestros hijos ?.

Indican las autoras de las batallas en que se enfrenta la pareja por la vivienda familiar. Si exigimos que sean públicos los procesos de familia es para que expliquen los abogados, las madres y los jueces cómo en un país con tres millones de viviendas vacías expulsan a los padres. Queremos que se lo expliquen a nuestros hijos en audiencia pública. Excmo. Sr. Ministro, por si no lo sabe, el estado pone abogados a las madres para atacar niños, a los cuales Ud., Excmo. Sr. Ministro no pone fiscales, y luego, a esas madres, no las permiten participar en sorteos de viviendas públicas. Se lo demostramos cuando quiera.

Ahora bien, los jueces no vienen poniendo, como es su obligación, el lugar dónde los padres que se expulsan podrán comunicar con sus hijos y tenerlos en su compañía.

Dos problemas jurídicos provoca eso:

-         Primero no les dejan empadronarse debajo de un puente o en un parque público, al menos eso es lo que hace el Excmo. Ayuntamiento de Burgos.

-         Segundo, si no se pueden empadronar, no les pueden votar a los políticos.

-         ¿ Dónde tiene que atender a sus hijos ?. Los jueces evitan decirlo.

Se habla de que los hijos, en un 35 % de los casos permanecen en el domicilio familiar hasta los 30 años, y las madres sin poner un euro. Todo para el padre, que no tiene vivienda, paga a las madres, paga a los hijos. Hay padres en esa situación que empezaron a trabajar a los 14 años. Ancianos expulsados de sus casas y sus hijos mayores recibiendo una pensión del padre, de la pensión del padre.

Ni la madre tiene obligación de buscar trabajo, ni los hijos tampoco, y luego vienen mujeres y hombres de otros países, para realizar trabajos. Y de estudiar, parecido.

Sorpresa nos causa cuando deben intervenir asistentes sociales, psicólogos, psiquiatras, etc., adscritos a los Juzgados de Familia que informan si los progenitores son aptos o no para tener la custodia de los hijos y que les ayudarán a adoptar su decisión.