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PROPOSICIÓN DE LEY REGULADORA DE LA ORDEN DE PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA

Exposición de motivos I La violencia ejercida en el entorno familiar y, en particular, la violencia de género constituye un grave problema de nuestra sociedad que exige una respuesta global y coordinada por parte de todos los poderes públicos.

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La situación que originan estas formas de violencia trascienden el ámbito meramente doméstico para convertirse en una lacra que afecta e involucra a toda la ciudadanía.

Resulta imprescindible por ello arbitrar nuevos y más eficaces instrumentos jurídicos, bien articulados técnicamente, que atajen desde el inicio cualquier conducta que en el futuro pueda degenerar en hechos aún más graves.

Es necesaria, en suma, una acción integral y coordinada que aúne tanto las medidas cautelares penales sobre el agresor, esto es, aquellas orientadas a impedir la realización de nuevos actos violentos, como las medidas protectoras de índole civil y social que eviten el desamparo de las víctimas de la violencia doméstica y den respuesta a su situación de especial vulnerabilidad.

Con este propósito, el pasado 22 de octubre de 2002 el Pleno del Congreso de los Diputados acordó crear en el seno de la Comisión de Política Social y Empleo una Subcomisión con el fin de "... formular medidas legislativas que den una respuesta integral frente a la violencia de género...".

Entre las conclusiones más relevantes de esta Subcomisión, destaca precisamente la propuesta, respaldada por el Ministerio de Justicia, de creación y regulación de un nuevo instrumento denominado orden de protección a las víctimas de la violencia doméstica.

Esta iniciativa responde a una inquietud que se ha venido manifestando en diversos documentos e informes de expertos, tanto nacionales (Consejo General del Poder Judicial, Instituto de la Mujer, Fiscalía General del Estado, etc.), como de organismos supranacionales (ONU, Consejo de Europa, Instituciones de la UE). Dicha inquietud fue formulada por la Cortes Generales como "... la necesidad de una respuesta integral, la coordinación como prioridad absoluta..." en el reciente informe de la Ponencia constituida en el seno de la Comisión Mixta de Derechos de la Mujer, que han hecho suyo los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado.

Con la presente Ley se viene a dar cumplimiento a este mandato unánime de las Cortes Generales.