Los abuelos tendrán derecho a visitar a sus nietos cuando los hijos se divorcien
LA VOZ DE GALICIA 28/06/2003
Arantza Prádanos (madrid)
Grandes olvidados en las crisis familiares, los abuelos verán reconocidos en el futuro sus derechos de visita y relación con sus nietos en las separaciones matrimoniales de sus hijos.
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El Consejo de Ministros dio ayer el primer paso para modificar el Código Civil de modo que en todas las rupturas, tanto de mutuo acuerdo como ante los tribunales, quede expresamente regulada la relación entre abuelos y nietos.
El Gabinete estudió ayer un informe de los Ministerios de Justicia que prevé la modificación de cinco artículos del Código Civil.
El proyecto, aún en fase preliminar, podría entrar en vigor a finales de año, tras una tramitación parlamentaria por la vía de urgencia. En todo caso, el ministro de Trabajo se comprometió a dejar este asunto zanjado antes del final de la legislatura.
Participación
Según la futura normativa, los abuelos podrán ser escuchados en los procesos de separación matrimonial, rupturas o divorcios para preservar el vínculo con sus nietos.
En aquellos supuestos en los que la pareja se rompa amistosamente, con un convenio regulador pactado sobre cuestiones como custodia, visitas o manutención, el acuerdo deberá incluir siempre, expresamente, cómo y cuándo podrán verse abuelos y nietos.
Cuando el pleito entre la pareja rota se dirima ante un juez, también.
Asímismo, podrán hacerse cargo de la custodia de sus nietos en determinadas circunstancias, siempre que así lo determine el juez, una posibilidad que ya contempla la legislación vigente.
El Gabinete estudió ayer un informe de los Ministerios de Justicia que prevé la modificación de cinco artículos del Código Civil.
El proyecto, aún en fase preliminar, podría entrar en vigor a finales de año, tras una tramitación parlamentaria por la vía de urgencia. En todo caso, el ministro de Trabajo se comprometió a dejar este asunto zanjado antes del final de la legislatura.
Participación
Según la futura normativa, los abuelos podrán ser escuchados en los procesos de separación matrimonial, rupturas o divorcios para preservar el vínculo con sus nietos.
En aquellos supuestos en los que la pareja se rompa amistosamente, con un convenio regulador pactado sobre cuestiones como custodia, visitas o manutención, el acuerdo deberá incluir siempre, expresamente, cómo y cuándo podrán verse abuelos y nietos.
Cuando el pleito entre la pareja rota se dirima ante un juez, también.
Asímismo, podrán hacerse cargo de la custodia de sus nietos en determinadas circunstancias, siempre que así lo determine el juez, una posibilidad que ya contempla la legislación vigente.