Padres y Madres Separados

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Ley de Parejas en Catalunya

Preámbulo

Capítulo I. Unión Estable Heterosexual
Capítulo II. Unión Estable Homosexual
A LA MESA DEL PARLAMENTO La Comisión de Justicia, Derecho y Seguridad Ciudadana, en sesión celebrada el día 10 de junio, estudió el texto de Proyecto de Ley de Relaciones de Convivencia diferentes del Matrimonio, transmitida por el Gobierno, el Informe de la Ponencia y las enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios.

Publicado el

Finalmente, recogiendo las modificaciones aprobadas por la Comisión, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 97 y 98 del Reglamento del Parlament, acordó establecer el siguiente Dictamen:

Proyecto de Ley sobre uniones estables de Pareja.

Preámbulo

El artículo 32 de la Constitución Española proclama el derecho del hombre y de la mujer a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. También establece que la ley ha de regular las formas del matrimonio, la capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges y las causas de separación y de disolución y sus efectos.

Pero, al margen del matrimonio, la sociedad catalana actual presenta otras formas de unión en convivencia de carácter estable, unas formadas por las parejas heterosexuales, que, pudiendo contraer matrimonio, se abstienen de hacerlo, y las integradas por personas del mismo sexo, que constitucionalmente tienen excluido el acceso a esta institución.

En estos últimos años se aprecia un aumento de las denominadas parejas de hecho estables, paralelo y coincidente, también con el creciente nivel de aceptación que tienen en el seno de nuestra sociedad, que incluye todas las parejas referidas, incluidas, pues, las formadas por personas del mismo sexo, hasta el punto de que se detecta entre la población catalana una opinión mayoritaria a favor de la regulación legal de estas formas de convivencia.

Así, parece haber llegado la hora de emprender esta tarea legislativa alineándose así nuestro orden jurídico con las incipientes corrientes prelegislativas y legislativas que afloran en el seno del Estado y de los estados de nuestro entorno geográfico y cultural.