Padres y Madres Separados

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La agresión de una separada a su marido minusválido no se califica como 'maltrato'

Véase la sentencia del Juzgado nº 4 de Instrucción de A Coruña.
¿No es "violencia de género"?

Publicado el

JUZGADO DE INSTRUCCION No 4
A CORUNA

C/MONFORTE S/N
Teléfono= XXX Fax= 981-185257
Juicio DE FALTAS 342 /S002 Li-
Número de Identificación único= 15030 2 040S699 /2002
Procurador/a=
Abogado =
Representado

SENTENCIA

En A CORUÑA a 23 de diciembre de dos mil dos D./Dña. JESÚS LOPEZ GARCLA , MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 342 /S002 , seguida por una falta FALTA DE COACCIONES O VEJACIONES contra Elsa R. G. natural de con domicilio en -//,·- hijo de y de , de estado civil .... y de profesión..... habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-Las presentes actuaciones se incoaron en virtud de atestado de la policía nacional, señalándose día y hora para la celebración del correspondiente juicio, que tuvo lugar con la asistencia de las partes que figuran en el anterior acta.

SEGUNDO,- El Ministerio Fiscal interesa la condena de la denunciada, conforme al art. 620-2n del Código Penal a pena de multa de veinte días con cuota de seis euros,

HECHOS PROBADOS UNICO.- De la prueba practicada en el acto del juicio oral ce acredita que siendo en torno a las 16,00 horas del pasado día 16 de julio del corriente año 2002, J. Carlos V. P. y Elsa R. G., ambos mayores de edad, coincidieron en la c/ Fonseca nº 8 de esta ciudad en el centro denominado Aula Punto de encuentro, en relación al régimen de visitas que tiene establecido respecto a la hija menor de edad, Jt.

Nada más coincidir en la entrada del inmueble tuvo lugar una acalorada discusión entre ambos en el curso de la cual probablemente se vertieron expresiones despreciativas e insultantes, pero que si efectivamente se pronunciaron tales expresiones tampoco quedó acreditado de parte de quien partían, si mutua y recíprocamente se provocaron, o quién de ellos inició la reyerta. Si es cierto sin embargo que en un momento determinado en que hubo de intervenir en el conflicto la asistencia social, o técnico del punto de encuentro, de servicio en ese centro, la denunciada Elsa R. intentó agredir a J. Carloc V. por lo que tuvo que ser sujetada y apartada para evitar un mal mayor.