Padres y Madres Separados

Ayuda práctica, jurídica y psicológica padres, madres, separados, divorciados e hijos

PROPUESTA PARA RETRASAR EL PAGO DE PENSIONES COMPENSATORIAS Y ALIMENTICIAS, POR PARTE DE PADRES SEPARADOS Y DIVORCIADOS,

DURANTE EL PROXIMO MES DE MAYO: EL MES DE LAS ELECCIONES. MENSAJE A LOS POLÍTICOS.

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Estimada (esposa, ex esposa):

Queridos hijos:

Seguramente oiréis o leeréis estos días que muchos padres de familia separados y divorciados vamos a retrasar el pago de las pensiones compensatorias que pagamos a las mamás o lo que pagamos por vosotros, nuestros hijos (retirar esto último, en caso de no estar de acuerdo), durante el mes de Mayo próximo.

Lo pagaremos el día siguiente de las elecciones.

En efecto, en el mes de Mayo va a haber elecciones. Los políticos, de nuevo, nos venderán sus promesas, sin ninguna garantía de que se cumplan, y pedirán nuestro voto.

A muchos padres separados y divorciados se nos revuelve el estómago ante la continúa agresión institucional que se nos hace. Se nos ponen los pelos de punta cuando los que nos mandan, los políticos que nos van a pedir nuestro voto, hablan de que la solución de los problemas de familia se resuelven con denuncias y en los juzgados.

A todos nosotros nos ha unido una ley: la Ley del Divorcio, vigente desde el año 1.981. Pensaréis que esa ley nos separó a unos de otros.

La verdad es que, en muchos casos, su incorrecta utilización nos provocó, a todos, muchos problemas que fueron evitables, y que aún pueden provocarnos tensiones entre nosotros.

Los políticos, autores de las campañas sobre violencia doméstica, quieren olvidar, de manera interesada, lo que es el vínculo del matrimonio, que unió a vuestros padres.

Recordemos, todos, que fue un vínculo jurídico que nadie nos exigió, que exigimos al estado español que admitiera. Fue, en su origen, una opción libre, pues pudimos vivir todos sin dicho vínculo jurídico, lo cual es socialmente aceptado.

El estado no nos pidió que nos comprometiéramos a mantener dicho vínculo jurídico durante un tiempo determinado. El Código Civil vigente, en su artículo 81, dice que se puede decretar judicialmente la separación cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio a partir del primer año.

Por ello, el que haya esposas que aleguen años de maltrato estimo es debido a una falta de información, que no facilitan los políticos.

El estado español no nos dio normas concretas para resolver los problemas cotidianos que se pudieran presentar. Mucha gente se hace ideas raras de lo que ha sido el vínculo matrimonial de vuestros padres.

Si hemos creído alguna vez que para estar casados hace falta, por ejemplo, estar juntos, vivir juntos, estábamos equivocados, ya que la propia ley admite alegar meses o años de cese de convivencia para acceder a la separación o al divorcio.

De esto se habla en los artículos del Código Civil 82-5º, 82-6º, 86-1º, 86-2º, 86-3º, 86-4º. Asimismo se contempla que los esposos pueden residir en distintos partidos judiciales o estados.