Padres y Madres Separados

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Reflexiones para novatos en separación o divorcio

Jesús AYALA CARCEDO.
Valladolid, 28 de Enero de 2.003
Puedes encontrarte, en estos momentos, con la amenaza de una separación matrimonial.
Eres padre de niños menores y consideras que no eres ni mejor, ni peor, que muchos otros esposos y padres, que no están pasando por esta situación y nunca la pasarán.

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Es muy posible que te estés preguntando qué es lo que has hecho mal.

Si quieres comprobarlo, coge el libro de instrucciones que, supongo, te dio el estado español cuando te casaste y busca qué es lo que ha fallado, dónde has fallado.

Bueno, te darás cuenta que nadie os dio instrucciones sobre el matrimonio por parte del estado español, al menos por escrito. Si te casaste en un juzgado o ayuntamiento, te leerían los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil.

Pero te darás cuenta que los que no cumplen lo que dice la ley son los jueces, es el estado español.

Bueno, pero entremos en harina. La primera reflexión que te sugiero tengas es que el hecho de pedir la separación o el divorcio es algo legal.

Quien pide la separación o el divorcio está haciendo algo legal.

Nadie se lo impide. Puede alegar lo que quiera, sea cierto o no. Pero nadie obliga, fíjate bien, a pedir la separación o el divorcio, ni a alegar causas, ni justificarlas, y, por supuesto, no hace falta ningún culpable.

Puede haber otras soluciones.

El que pide la separación o divorcio impone una solución personal, pero podría tener otras. En definitiva, está ejerciendo un acto de libertad y legal.

A ti, si no lo pides tú, no te dejan las alternativas que tiene la otra parte, pues si alguien pide la separación o el divorcio, ni la ley ni el juez van a obligar a tu hoy esposa a seguir en el matrimonio que:
- Ella eligió y escogió personalmente.
- Ni la va a obligar a escoger otra posible alternativa. La ley permite vivir separados, sin pedir la separación o el divorcio.
Esos periodos de no convivencia pueden ser utilizados como causa de separación o divorcio. Nadie se lo prohibimos. Tú tampoco, supongo.

Aquí me vas a permitir indicarte lo único obligatorio para pedir la separación o el divorcio.
Según el artículo 770-1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil se debe acompañar a la demanda la certificación de la inscripción del matrimonio y, en su caso, las de inscripción de nacimiento de los hijos en el Registro Civil.

Todo lo demás no es obligatorio, fíjate bien.

Hablando claro, lo único que hay que demostrar es que se casó contigo, tu todavía esposa, libre y voluntariamente. Fíjate bien, entre miles de hombres te escogió a ti. Os pudisteis casar o no, pues pudisteis vivir como pareja de hecho.

La separación o el divorcio es extinguir algo que nunca fue ni obligatorio ni impuesto.

Puede que te amenacen con acusarte de años de maltrato, pues bien, según el artículo 81-1º del Código Civil os pudisteis separar a partir del primer año de matrimonio.

Deja de pensar en lo que es bueno o malo. En dicho artículo 81 del Código Civil, se habla de que se decretará judicialmente la separación cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio.