El Equipo Psicosocial en los Juzgados de Familia
JUZGADOS DE FAMILIA
El Equipo Psicosocial en los Juzgados de Familia
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A raíz de la aparición de la Ley de Divorcio 30/81 de 7 de Julio se crearon en España los Juzgados de 1ª Instancia, de Familia para que conocieran de forma exclusiva los procedimientos de separación, nulidad y divorcio y en 1.983 atendiendo a una sugerencia del Consejo General del Poder Judicial el Ministerio de Justicia creó los equipos psico-sociales compuestos por un psicólogo y una trabajadora social.
La intervención de estos equipos abarca diferentes contenidos del derecho de familia y se sitúa en varios niveles del proceso civil matrimonial, básicamente en procedimientos contenciosos en los que ha fracasado el intento de elaboración de acuerdos.
Los temas de intervención suelen ser:
•Determinación de la custodia del menor en los procesos de separación o divorcio contenciosos.
•Conveniencia y regulación de la comunicación o régimen de visitas de los menores con el progenitor no custodio.
•Valorar la conveniencia de privación de la patria potestad o del ejercicio exclusivo de determinadas funciones por uno de los progenitores.
•Valoración de algunas causas de separación: alcoholismo, toxicomanías, perturbaciones mentales,...
•Acogimientos, adopciones y tutelas: Valoración de la separación de la familia de origen; condiciones del menor, integración en la propia familia acogedora o adoptante, posibles visitas de menores acogidos con su familia biológica.
•Seguimientos de asuntos:
Más información en http://www.worldwidehospital.com
La intervención de estos equipos abarca diferentes contenidos del derecho de familia y se sitúa en varios niveles del proceso civil matrimonial, básicamente en procedimientos contenciosos en los que ha fracasado el intento de elaboración de acuerdos.
Los temas de intervención suelen ser:
•Determinación de la custodia del menor en los procesos de separación o divorcio contenciosos.
•Conveniencia y regulación de la comunicación o régimen de visitas de los menores con el progenitor no custodio.
•Valorar la conveniencia de privación de la patria potestad o del ejercicio exclusivo de determinadas funciones por uno de los progenitores.
•Valoración de algunas causas de separación: alcoholismo, toxicomanías, perturbaciones mentales,...
•Acogimientos, adopciones y tutelas: Valoración de la separación de la familia de origen; condiciones del menor, integración en la propia familia acogedora o adoptante, posibles visitas de menores acogidos con su familia biológica.
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