Pensión entre Cónyuges
JOAQUÍN GUERRERO PEYRONA Abogado
Publicado el
Ante las diversas posibilidades de
enfocar este tema, he creído oportuno
prescindir del teórico examen de esta
institución acuñada en la Ley 7 de julio
de 1981 –la pensión por desequilibrio
económico entre cónyuges– puesto
que quien esté interesado en su profundo
estudio doctrinal tiene a su
disposición, ya, libros y monografías
publicadas en revistas especializadas.
He elegido un tratamiento del tema
más divulgativo y fruto de mi experiencia
durante más de treinta años
de ejercicio profesional de la abogacía,
con asiduas intervenciones profesionales
en esas, siempre tristes, rupturas
de la comunidad matrimonial.
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