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Un juez de Elche multa con 12.000 euros a un hombre por no querer a su hija

La Vanguardia - - 02.22 horas - 22/10/2002
SALVADOR ENGUIX

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Valencia. - Paula S. B., de 18 años y natural de Elche, siempre quiso el amor de su padre, sin éxito.
Siendo sólo una niña, tuvo que recibir asistencia psiquiátrica para aceptar la carencia de la figura paterna, a pesar de que ambos vivían cerca.
Un juez de Elche juzga probado que esa falta de cariño y atención, de "desprecio y desengaño" de E.S.B. hacia su hija, ha provocado un "daño moral" en Paula que debe ser recompensado.

La condena:
12.000 euros y la obligación de aumentar la pensión mensual de 240 a 450 euros. "La justicia no puede obligar a nadie a querer a su hija, pero sí puede sancionarlo", dice el abogado de la joven, Vicente Serna.

La historia de Paula respecto a su padre comenzó mal. E. S. B. tuvo una relación "esporádica" con su madre hace 18 años.
El resultado de aquella aventura fue una niña que ahora asiste ya a la universidad.
Él era el padre biológico, pero el condenado se desentendió de la niña antes de que ésta naciera.

Con sólo tres años, tuvo que recibir ayuda psiquiátrica y rechazaba estar con sus amigas cuando aparecían los padres de éstas; "lloraba cuando veía a su padre y éste no se la quería llevar", dice el fallo.
"Motivada por la indiferencia paterna", según el relato de hechos, la madre promovió una demanda de paternidad.
La ganó.
El 23 de enero de 1998 se reconoció la paternidad biológica de E.S.B., y se le obligó a pasar manutención a la menor.

La sentencia hizo que la menor albergara renovadas esperanzas de que su padre tuviera contacto con ella, si bien en realidad estos contactos no se produjeron, hasta el punto de que el demandado eludía el saludo en la calle a su hija, un "despreció que le causó un terrible dolor".
Paula decidió denunciar a su padre por "daño moral".
En la vista, los psiquiatras coincidieron en que la joven "ha sufrido la ausencia de una figura paterna que le ha ocasionado en la infancia déficit de desarrollo afectivo y en la adolescencia un daño psíquico-moral".
E.S.B. culpa a la madre de no poder entrar en contacto con su hija, lo que rechaza el juez.
El fallo dice que la obligación de la paternidad se extiende también a aspectos no materiales.