Un hombre recibe indemnización por divorcio
No se le concede "pensión compensatoria", que tendría asegurada si fuera mujer.
Sin embargo se le indemniza por haber trabajado en el negocio de su mujer sin sueldo
Publicado el
"Desde una perspectiva de justicia material ya se ve que no es
admisible que (el marido) no pueda obtener ninguna prestación
que, en el momento de la separación, le compense por ese esfuerzo
del pasado".
En base al artículo 31 del Código de Familia de Cataluña, el tribunal proclama que "es obvio que la esposa ha experimentado un enriquecimiento derivado de que no tuvo necesidad de contratar a un tercero para que realizase los trabajos que ha estado realizando su esposo".
Ello, agrega la sentencia, generó "una situación de desequilibrio entre ambos consortes ya que el marido, aunque ha visto satisfechas sus necesidades, no cuenta ahora con recursos ni con medios de vida propios, mientras que la mujer dispone del negocio que ha mantenido y conservado con la colaboración" del marido.
La Audiencia accede a conceder al hombre una indemnización de 5 millones y no le da más porque el comercio de su mujer no es de una envergadura excesiva.
En base al artículo 31 del Código de Familia de Cataluña, el tribunal proclama que "es obvio que la esposa ha experimentado un enriquecimiento derivado de que no tuvo necesidad de contratar a un tercero para que realizase los trabajos que ha estado realizando su esposo".
Ello, agrega la sentencia, generó "una situación de desequilibrio entre ambos consortes ya que el marido, aunque ha visto satisfechas sus necesidades, no cuenta ahora con recursos ni con medios de vida propios, mientras que la mujer dispone del negocio que ha mantenido y conservado con la colaboración" del marido.
La Audiencia accede a conceder al hombre una indemnización de 5 millones y no le da más porque el comercio de su mujer no es de una envergadura excesiva.