Padres y Madres Separados

Ayuda práctica, jurídica y psicológica padres, madres, separados, divorciados e hijos

La familia monoparental

María Fernanda Pardo Pedernera Ex Directora Xeral do Servicio Galego de Promoción da igualdade do Home e da Muller.

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Y para finalizar mi exposición, quisiera hacer somera descripción de los principios básicos que deben inspirar a nuestro entender la política social dirigida a las familias monoparentales y a cualquier tipo de familia en general:
1º el principio del pluralismo en la constitución de núcleos familiares, lo que se traducirá en la no discriminación social y pública de cualquier tipo de convivencia familiar.
2º el principio de la igualdad en la protección, de forma que los estados de necesidad se satisfagan en cuanto derechos subjetivos de los ciudadanos y no como actuaciones graciables e la administración pública.
Ello supone materializar la protección de la familia, la protección integral de los hijos y de las madres, independientemente de su estado civil, de acuerdo con sus situaciones concretas de necesidad (artículos 39 y 41 de la Constitución Española).
Estos dos principios de “no discriminación” y de “igualdad de tratamiento” según situaciones de necesidad se concretan en una política social familiar que debe girara alrededor de los siguientes supuestos:
1.- Desde el punto de vista de las prestaciones directas, es preciso dar prioridad a la protección de los hijos elevando su cuantía en función de los niveles de renta y aplicable a todos los menores de 18 años.
La protección será universal y se eliminará el sistema obsoleto de la Seguridad Social. Al mismo tiempo esta cobertura alcanzará también a todos los hijos que vivan en el hogar y debería ampliarse la protección a los mayores de 18 años hasta que alcancen el primer empleo del mismo modo que a partir de 1998 tienen protección sanitaria todos los jóvenes hasta que alcancen su primer empleo, cubriendo la protección a todos los hijos que vivan en el hogar, aunque sus padres estén en paro o no hayan cotizado a la Seguridad Social, circunstancias esta últimas que suelen caracterizar a las familias monoparentales. En suma, protección integral de los hijos, suficiente y discriminatoria positivamente, según los niveles de renta y bajo el principio de universalidad.
2.- Desde el punto de vista de las deducciones fiscales, además de la igualdad en las deducciones para todo tipo de núcleos familiares, uniones de hecho estables, también debe compensarse la protección fiscal que no reciben aquellas familias que no declaran por estar debajo del mínimo exento, siendo este tipo de familia normalmente las más necesitadas.
En este sentido hay que mencionar que esta situación afecta concretamente a las familias de bajos ingresos entre las que destacan buena parte de las familias monoparentales.
La mejora de las prestaciones medias a las viudas es por tanto una necesidad en la línea de expansión del bienestar social.
3.- Junto a la universalización de las prestaciones directas y el tratamiento fiscal según la condición socioeconómica, se hace necesario definir un nivel de prestaciones asistenciales para aquellas familias monoparentales sin recursos de ningún tipo o que sufran paro de largo recorrido; al mismo tiempo que se tienen que facilitar el acceso privilegiado y en la medida de lo posible gratuito a los servicios de educación (guarderías en concreto), transporte y vivienda para las familias monoparentales discriminando positivamente según niveles de renta, situación socio-laboral y número de hijos.
Por último y como consecuencia de lo anterior, es preciso caminar hacia la definición de un sistema de protección integral de los hijos y de los diferentes tipos de familias en los que se contemplen todas las posibles situaciones familiares socialmente existentes, incrementando el gasto público en protección familiar hoy en declive en su sistema más importante, la Seguridad Social.
La armonización de los sistemas de protección social a la familia, su universalización, el énfasis en la protección de los hijos y un esfuerzo del crecimiento del gasto público destinado a ciertos colectivos, viudas y familias monoparentales en general, son pensamos los objetivos prioritarios de un sistema de protección a la familia.
Somos conscientes de los cambios profundos que, tanto en las relaciones sociales como en las estructuras familiares pueden provocar los avances en este camino, pero pensamos que, además de ser de justicia, la transformación igualitaria de las estructuras sociales forzosamente representaría un positivo enriquecimiento para toda la sociedad.
Cada paso a favor de la igualdad es un paso en la profundización de la democracia y en la consecución de una sociedad más justa y solidaria.